los Ley suiza de derecho internacional privado ("póngase en fila"), codificado en la Ley Federal de Derecho Internacional Privado de 18 diciembre 1987, Es probablemente la codificación de derecho internacional privado más completa del mundo.. Introducido inicialmente en la legislación suiza para fortalecer la posición de Suiza en el campo del derecho internacional., El PILA fue renovado recientemente para adaptarse a las crecientes necesidades de las empresas internacionales.. los versión revisada del texto entró en vigor el 1 enero 2021 (la "Ley revisada" o la "PILA revisada"). Su Capítulo 12, dedicada al arbitraje internacional, incorporó nuevas disposiciones que modernizan y aclaran las disposiciones existentes, manteniendo las características clave de la versión inicial prácticamente intactas. Reconocida como una de las principales sedes de arbitraje internacional del mundo., La PILA revisada sólo ayudará a Suiza a mantener este estatus..
El PILA revisado tenía cuatro objetivos principales.: (1) codificar la jurisprudencia desarrollada por el Tribunal Supremo suizo en el ámbito del arbitraje internacional, (2) Proporcionar claridad sobre cuestiones no cubiertas explícitamente por la ley., (3) Fortalecer la autonomía de los partidos y (4) Mantener y aumentar el atractivo de Suiza como sede de arbitraje internacional..[1]
Esta nota tiene como objetivo (1) Proporcionar una visión general de los puntos clave introducidos por la Ley revisada., (2) identificar los elementos del capítulo 12 que permanecen sin cambios, y (3) Destacar ciertos aspectos distintos del texto inicial que no fueron modificados por la reforma., a pesar de su creciente protagonismo.
Descripción general de la PILA revisada
La Ley Revisada amplió el PILA de 19 a 24 provisiones, aunque conservando su concisión y manteniendo sus características clave. El objetivo de la revisión es hacer más fácil de usar la legislación suiza sobre arbitraje internacional..
Aclaración del Ámbito de Aplicación del Capítulo 12
Artículo 176(1) del PILA disponía inicialmente que lo dispuesto en el Capítulo 12 dedicado al arbitraje internacional se aplican si al menos una de las partes en la controversia tenía su sede, domicilio, o residencia habitual fuera de Suiza. Por mucho tiempo, no estaba claro si el momento de la celebración del acuerdo de arbitraje o el momento de la iniciación del procedimiento arbitral debían considerarse para determinar el asiento de las partes, domicilio, o residencia habitual. Ahora está claro que el momento de celebración del acuerdo de arbitraje es el factor decisivo para determinar si el Capítulo 12 es aplicable.[2]
La forma escrita del acuerdo de arbitraje
Como resultado de la entrada en vigor de la Ley revisada, Artículo 178(1) ahora dispone que el acuerdo de arbitraje deberá formalizarse por escrito”o cualquier otro medio de comunicación que permita evidenciarlo mediante texto."[3] Esta disposición ahora aclara que los correos electrónicos y otras formas de comunicación modernas pueden servir como medios válidos para probar la existencia de un acuerdo de arbitraje..
Artículo 178(4) también señala que lo dispuesto en el Capítulo 12 se aplican a los acuerdos de arbitraje incluidos en “una transacción unilateral o en los estatutos",[4] como testamentos, estatutos, o escrituras de fideicomiso. Esta disposición es de particular interés ya que sienta las bases para la solución de controversias que surjan de actos jurídicos unilaterales.. Permite someter las disputas a un tribunal de arbitraje suizo por medio de un unilateral cláusula compromisoria incluida en el acto.
El nombramiento de árbitros
El artículo recientemente revisado 179(1) codifica el procedimiento para el nombramiento de árbitros. Según esta disposición, a menos que se acuerde lo contrario, El tribunal arbitral debe estar compuesto por tres miembros., cada una de las partes designa a un miembro. El árbitro presidente deberá entonces ser designado por los dos coárbitros..[5] En caso de que las partes o los árbitros incumplan estos deberes respecto de la designación del tribunal arbitral dentro de los treinta días, párrafo 4 dispone que el tribunal estatal competente “deberá, a petición de parte, tomar las medidas necesarias para constituir el tribunal arbitral".[6] En este caso, el tribunal estatal puede nombrar a su discreción a todos los miembros del tribunal arbitral o sólo a aquellos que iban a ser designados por la parte incumplidora o el árbitro.
En los casos en que las partes no especificaron en su acuerdo de arbitraje el procedimiento para nombrar a los árbitros o “si los miembros del tribunal arbitral no pueden ser nombrados o reemplazados por otras razones", el tribunal estatal suizo en la sede del arbitraje es competente para nombrar a los árbitros. Para “salvar” acuerdos de arbitraje incompletos, Artículo 179(2) Establece que "[yo]Si las partes no han acordado una sede o sólo han acordado que la sede del tribunal arbitral esté en Suiza", el tribunal estatal suizo que fue juzgado en primer lugar tiene la autoridad para decidir sobre el nombramiento de los árbitros.[7]
La aplicación de medidas provisionales y provisionales extranjeras
La aplicación de medidas provisionales y provisionales puede ser un gran desafío si tribunales arbitrales extranjeros ordenan dichas medidas.. Mientras que en la versión inicial del PILA, sólo los tribunales arbitrales con sede en Suiza podían solicitar asistencia judicial directa, Artículo 185una(1) ahora establece que los tribunales arbitrales extranjeros y las partes extranjeras también pueden solicitar la asistencia del tribunal estatal en el lugar donde se aplicará una medida provisional o cautelar..[8]
La introducción de disposiciones legales sobre corrección, Interpretación o modificación de un laudo en el PILA revisado
Mientras que la versión inicial de la PILA sólo preveía motivos para anular un laudo, la Ley Revisada introdujo disposiciones relativas al derecho de las partes a la corrección, interpretación, y modificación de una decisión.
De acuerdo con el artículo 189una, las partes pueden solicitar al tribunal arbitral dentro de 30 días de la comunicación del premio a “corregir errores tipográficos y contables en el premio, explicar partes específicas del laudo o emitir un laudo complementario en relación con reclamaciones formuladas en el procedimiento de arbitraje que no fueron consideradas en el laudo."[9] Los tribunales arbitrales son, por lo tanto, no autorizado a modificar el fondo del laudo. Además, es ampliamente reconocido que la corrección, interpretación, y las solicitudes de modificación no suspenden el plazo para presentar cualquier solicitud de anulación.
La revisión de los laudos arbitrales en el PILA revisado
La Ley revisada codificó la jurisprudencia suiza establecida que reconoce motivos para la revisión de laudos arbitrales.. Artículo 190una prevé tres motivos diferentes para la revisión de los laudos arbitrales:[10]
- Si el proceso penal ha demostrado que la adjudicación estuvo influenciada por un acto delictivo;
- Si la parte que solicita la revisión del laudo descubre nuevas pruebas significativas que existían antes de que se dictara el laudo y que no podría haber aportado en el procedimiento anterior a pesar de haber ejercido la debida diligencia;
- Si la falta de imparcialidad o independencia de un árbitro se descubre después de dictado el laudo, a pesar de que la parte ejerció la diligencia debida.
La solicitud de revisión debe presentarse dentro de 90 Días de que salen a la luz los motivos de revisión.
La obligación de las partes de expresar objeciones procesales en el PILA revisado
Artículo 182(4) ahora codifica la jurisprudencia suiza de larga data según la cual las partes tienen el deber de oponerse a cualquier irregularidad procesal inmediatamente después de que ocurra. El incumplimiento de esta obligación conlleva la renuncia del derecho de la parte incumplidora a oponerse al error procesal en el futuro..[11] También impide al incumplidor ejercer su derecho de anulación o anulación del laudo por la misma causa..
El uso del inglés para presentaciones ante el Tribunal Federal Suizo
Uno de los cambios más significativos introducidos por la Ley Revisada es la facultad reconocida a las partes de presentar comunicaciones relacionadas con el arbitraje ante el Tribunal Federal Suizo en inglés.. Inicialmente, todas las presentaciones, incluyendo peticiones de anulación y anulación de tierras, tenía que estar en uno de los idiomas oficiales de Suiza (francés, alemán, Italiano o romanche). Se espera que este cambio aumente el atractivo de Suiza como sede arbitral.. Siendo que el plazo aplicable para los procedimientos de nulidad y anulación es de treinta días, la posibilidad de realizar presentaciones en inglés permitirá a las partes ahorrar tiempo y costos. El Tribunal Federal Suizo seguirá dictando laudos en uno de los cuatro idiomas oficiales de Suiza, sin embargo.
Disposiciones que permanecen sin cambios en la PILA revisada
Es importante resaltar que ciertos aspectos distintos de la versión inicial de la PILA se mantienen sin cambios en la Ley Revisada.:
- primero, el Tribunal Federal Suizo sigue siendo la única autoridad inmediata para tramitar los procedimientos de anulación de tierras. Permitir que una sola autoridad administre estos procedimientos ha demostrado su eficacia y confiabilidad., en parte debido a la amplia experiencia y comprensión del arbitraje internacional de los jueces del Tribunal Federal Suizo. A través de los años, el Tribunal Federal Suizo desarrolló una jurisprudencia sustantiva ampliamente incorporada en la Ley Revisada.
- Segundo, La PILA sigue siendo aplicable en diferentes tipos de procedimientos arbitrales., incluido el arbitraje de tratados de inversionistas, para y arbitrajes institucionales, y arbitrajes comerciales. El Parlamento suizo optó por no crear regímenes jurídicos separados y especializados para cada tipo de procedimiento de arbitraje internacional.
- Tercero, La autonomía de los partidos sigue siendo considerada un principio fundamental en la Ley Revisada.. El texto pretende regular sólo lo necesario (y lo menos posible).
Asuntos no cubiertos por la PILA revisada
A pesar de la creciente importancia de ciertos desarrollos observados en las leyes de arbitraje en otras jurisdicciones, el Parlamento suizo no los abordó todos.
Una cuestión importante que la Ley Revisada no abordó es la confidencialidad de los procedimientos de arbitraje.. Ley de arbitraje suiza, al igual que muchas leyes de arbitraje nacionales, guarda silencio sobre la confidencialidad.
Las partes que designan a Suiza como sede del arbitraje y eligen la Institución de Arbitraje de las Cámaras Suizas para administrar el arbitraje se benefician de las protecciones de confidencialidad previstas en el Artículo 44 del Reglas suizas de arbitraje internacional (la "Reglas suizas") A no ser que se acuerde de otra manera.[12]
sin embargo, en todos los otros casos, incluso para arbitrajes con sede en Suiza que no se rigen por las normas suizas, las partes deben incluir una disposición expresa en su acuerdo de arbitraje para garantizar la confidencialidad.
Además, ya que los acuerdos de arbitraje son contratos independientes, son las partes contratantes las únicas que se consideran obligadas por ellas. Por consiguiente, Los terceros no están obligados ni pueden invocar el acuerdo de arbitraje en su beneficio.. Es importante tener en cuenta, sin embargo, que tanto la jurisprudencia como la doctrina jurídica suiza han desarrollado ciertas excepciones a este principio jurídico, incluso para sucesiones, contratos de terceros beneficiarios, representación válida, cesiones u otras formas de transferencia, etc..
Conclusión
Las recientes modificaciones introducidas por la Ley Revisada han aumentado el ya considerable atractivo de Suiza como sede de arbitraje internacional.. La Ley Revisada manifestó y reconoció la necesidad de aclarar ciertas cuestiones sin sobrecargar ni complicar excesivamente al PILA.. Parece haber mantenido con éxito el principio de autonomía de las partes y la flexibilidad de la legislación suiza en materia de arbitraje internacional., pilares del acto inicial.
Para obtener más información sobre los procedimientos y normas de arbitraje en Suiza, ver Arbitraje en Suiza.
[1] El cuarto objetivo fue mencionado durante los debates parlamentarios.; ver https://www.fedlex.admin.ch/eli/fga/2018/2548/fr.
[2] PILA revisada, Arte. 176(1) ("Las disposiciones de este Capítulo se aplican a los tribunales arbitrales que tengan su sede en Suiza si, en el momento en que se celebró el acuerdo de arbitraje, al menos una de las partes no tenía su domicilio, su residencia habitual o su sede en Suiza.").
[3] PILA revisada, Arte. 178(1) ("El acuerdo arbitral deberá formalizarse por escrito o por cualquier otro medio de comunicación que permita hacer constar mediante texto..").
[4] PILA revisada, Arte. 178(4) ("Las disposiciones de este Capítulo se aplican por analogía a una cláusula compromisoria en una transacción unilateral o en un contrato social..").
[5] PILA revisada, Arte. 179(1) ("Los miembros del tribunal arbitral serán nombrados o reemplazados de conformidad con el acuerdo entre las partes.. A menos que las partes acuerden lo contrario, El tribunal arbitral estará compuesto por tres miembros., cada una de las partes designa a un miembro; los miembros designarán un presidente por decisión unánime.").
[6] PILA revisada, Arte. 179(4) ("El tribunal estatal deberá, a solicitud de parte, tomar las medidas necesarias para constituir el tribunal arbitral en caso de que las partes o los miembros del tribunal arbitral no cumplan con sus obligaciones dentro del plazo 30 días de haber sido solicitado para hacerlo.").
[7] PILA revisada, Arte. 179(2) ("A falta de acuerdo o si los miembros del tribunal arbitral no pueden ser nombrados o reemplazados por otras razones, el tribunal estatal donde tiene su sede el tribunal arbitral puede recurrir. Si las partes no han acordado una sede o sólo han acordado que la sede del tribunal arbitral esté en Suiza, el primer tribunal estatal a cargo tiene jurisdicción.").
[8] PILA revisada, Arte. 185una(1) ("Un tribunal arbitral con sede en el extranjero o una parte en un procedimiento de arbitraje extranjero podrá solicitar al tribunal estatal del lugar donde se ejecutará la medida cautelar o cautelar que participe. Artículo 183 párrafos 2 y 3 aplicar por analogía.").
[9] PILA revisada, Arte. 189una(1) ("A menos que las partes hayan acordado lo contrario, cualquiera de las partes podrá recurrir al tribunal arbitral dentro del plazo 30 días desde la comunicación del premio para corregir errores tipográficos y contables en el premio, explicar partes específicas del laudo o emitir un laudo complementario en relación con reclamaciones formuladas en el procedimiento de arbitraje que no fueron consideradas en el laudo. El propio tribunal arbitral podrá hacer correcciones, explicaciones o adiciones dentro del mismo plazo.").
[10] PILA revisada, Arte. 190una ("Una parte puede solicitar una revisión de un laudo si: (una) posteriormente ha tenido conocimiento de hechos significativos o ha descubierto pruebas decisivas que no habría podido aportar en el procedimiento anterior a pesar de haber ejercido la diligencia debida; lo anterior no se aplica a hechos o pruebas que surgieron con posterioridad a la emisión del laudo; (si) El proceso penal ha establecido que el laudo arbitral fue influido en perjuicio de la parte interesada por un delito grave o menos grave., incluso si nadie es condenado por un tribunal penal; si el proceso penal no es posible, la prueba puede proporcionarse de alguna otra manera; (C) un motivo para impugnar en virtud del artículo 180 párrafo 1 La letra c sólo salió a la luz después de la conclusión del procedimiento de arbitraje a pesar de haber ejercido la debida diligencia y no hay ningún otro recurso legal disponible..").
[11] PILA revisada, Arte. 182(4) ("Una parte que continúa con el procedimiento arbitral sin objetar inmediatamente una infracción de las normas procesales de la que tiene conocimiento o que habría tenido conocimiento si hubiera ejercido la diligencia debida no podrá invocar esta infracción en un momento posterior del procedimiento..").
[12] Reglas suizas, Arte. 44.