Muchos acuerdos comerciales internacionales, incluido el arbitraje como mecanismo preferido de solución de controversias en comparación con los tribunales locales, se han firmado con partes iraníes., algunos de los cuales requieren un arbitraje en Irán en caso de disputa.
Irán tiene un régimen de arbitraje moderno y una legislación interna avanzada que ya está en vigencia con respecto al arbitraje. Artículos 454 a 501 del Código de Procedimiento Civil iraní (la 2007 la versión está actualmente en vigor) ha previsto el arbitraje como un método de solución de controversias desde tan pronto 1939.
La ley iraní sobre arbitraje (CARA), que entró en vigor en 1997, es un reglamento de arbitraje moderno basado en la Ley Modelo de la CNUDMI. Algunos aspectos importantes de LICA son, por ejemplo, que el árbitro no tiene que ser de nacionalidad iraní, que las partes tienen la libertad de acordar el procedimiento que se adoptará con respecto a los procedimientos, en el asiento del arbitraje y en el idioma del arbitraje.
Irán mismo tiene dos centros de arbitraje, el Centro de Arbitraje Regional de Teherán (TRAC) y el Centro de Arbitraje de la Cámara de Comercio de Irán (ACIC). El Centro de Arbitraje Regional de Teherán se creó en 1997 con las Reglas TRAC basadas en las reglas de arbitraje de la CNUDMI. El ACIC se estableció más tarde., en 2002, y sus reglas de arbitraje se basan en gran medida en las reglas de LICA.
Irán es parte de la Convención de Nueva York con reservas. Uno, bajo principio 139 del derecho constitucional iraní, se refiere al caso en que una de las partes es de nacionalidad no iraní. En tales circunstancias, La presentación de disputas de arbitraje sobre propiedades públicas y gubernamentales requiere la aprobación del Consejo de Ministros y de la Asamblea Consultiva. En caso de disputas importantes con elementos extranjeros., la aprobación del parlamento iraní también puede ser requerida.
Con respecto a los arbitrajes de inversión, Según los informes, Irán ha ratificado 52 BIT hasta la fecha, mientras 14 las ratificaciones siguen pendientes. Mientras que Irán también tiene una ley nacional sobre inversiones extranjeras, Ley de Promoción y Protección de la Inversión Extranjera (FIPPA) que proporciona importantes protecciones sustantivas para los inversores, El único mecanismo de solución de controversias previsto por la FIPPA es ante los tribunales iraníes y no ante los tribunales arbitrales.. En 2014, Irán ganó su primer arbitraje inversor-Estado, que se refería a un arbitraje de la CNUDMI presentado por la empresa turca de telefonía móvil Turkcell sobre la atribución de licencias GSM.
- Nina Jankovic, Ley Aceris SARL