En 23 Mayo 2023, Nigeria introdujo la 2023 Ley de Arbitraje y Mediación (la “nueva ley”), derogando su ley de arbitraje de 35 años (la 1988 Ley de Arbitraje y Conciliación de Nigeria, Cap A18). La nueva ley tiene como objetivo “proporcionar un marco legal unificado para la resolución justa y eficiente de disputas comerciales mediante arbitraje y mediación". También "hacer[s] aplicable, la convención sobre el reconocimiento y la ejecución de las sentencias arbitrales extranjeras (Convención de Nueva York) a cualquier laudo dictado en Nigeria o en cualquier estado contratante que surja del arbitraje comercial internacional."[1]
En línea con la práctica internacional, la nueva ley se basa principalmente en la 2006 Ley Modelo de la CNUDMI y se aplica tanto a arbitrajes nacionales como internacionales. Mejora significativamente el marco de arbitraje de Nigeria y debería mejorar su papel como una de las principales jurisdicciones de arbitraje en África..
en esta nota, analizamos las principales características de la Nueva Ley.
El Tribunal de Revisión de Laudos
La nueva ley otorga a las partes de arbitrajes con sede en Nigeria la posibilidad de revisar sus laudos arbitrales por un tribunal de revisión de laudos (la "ARTE") (Sección 56).
Sección 55(3) de la Nueva Ley establece los motivos por los cuales una parte que busca revisar el laudo puede presentar su impugnación.[2] Estos motivos son idénticos a los de la anulación de un laudo arbitral en virtud del 2006 Ley Modelo de la CNUDMI.[3]
El ART es un mecanismo de suscripción. Así, a menos que esté expresamente incluido en el acuerdo de arbitraje, el arte (o el árbitro único actuando como ART) no tendrá jurisdicción sobre las impugnaciones de las partes por defecto (Sección 56(1)). similar, el mecanismo solo está disponible para arbitrajes con sede en Nigeria.
La ART puede anular el laudo en todo o en parte. También podrá confirmar el laudo arbitral (Secciones 56(8)(9)).
Ante la solicitud de anulación del laudo arbitral ante el tribunal, el criterio del tribunal dependerá de la decisión de la ART:
- si la ART ha anulado parcial o totalmente el laudo, el tribunal puede restablecer el laudo si considera que la decisión no tiene fundamento (Sección 56(8)); o
- si la ART ha confirmado el laudo arbitral, el tribunal solo puede anular el laudo sobre la base del orden público o la no arbitrabilidad (Sección 56(9); ver también Sección 55(3)(si)).
Si bien la ART puede agregar una capa adicional de complejidad al procedimiento de arbitraje, la decisión de la ART puede reducir el alcance de la revisión del tribunal en una etapa posterior.
Las impugnaciones dirigidas a la ART deberán presentarse dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que el solicitante recibió el laudo. (Sección 55(4)). La ART procurará dictar su decisión dentro de 60 días a partir de la fecha en que se constituyó (Sección 56(6)).
Financiamiento de terceros en Nigeria
Antes de la nueva ley, los arreglos de financiación de terceros estaban prohibidos en Nigeria debido a los agravios del derecho consuetudinario de mantenimiento y champerty. Estos agravios ahora han sido suprimidos por financiamiento de terceros en relación con el arbitraje. (Sección 61). Nigeria es ahora una de las pocas jurisdicciones que ha adoptado legislación relacionada con la financiación de terceros, después de Singapur y Hong Kong.[4]
Más lejos, Sección 62(1) establece que una parte que se beneficia de un acuerdo de financiación de terceros debe revelar a la otra parte, el tribunal arbitral y la institución arbitral el nombre y la dirección del financiador.
Cabe señalar que la Nueva Ley también establece que si una parte presenta una solicitud de garantía por costos basada en la divulgación de un acuerdo de financiación de terceros, el tribunal arbitral puede permitir que la parte financiada proporcione al tribunal una declaración jurada que confirme si el financiador ha aceptado o no cubrir una orden adversa en costas (Sección 62(3)).
Árbitro de Emergencia y la Nueva Ley de Arbitraje
La Nueva Ley introduce un procedimiento sencillo para nombrar y recusar a un árbitro de emergencia (Sección 16). Si bien es inusual que las leyes nacionales de arbitraje contengan disposiciones relativas a los árbitros de emergencia, las disposiciones de la Nueva Ley están en consonancia con las de las principales instituciones arbitrales, como la LCIA y la ICC.[5]
Antes de la constitución del tribunal arbitral, las partes pueden solicitar al tribunal o a la institución arbitral que designe un árbitro de emergencia (Sección 16(1)).
El árbitro de emergencia tendrá la facultad de pronunciarse sobre el procedimiento aplicable y las objeciones (Primer Horario, Artículo 27(1)). Él o ella también debe dictar la decisión en forma de una orden dentro de 14 días desde la recepción del expediente (Primer Horario, Artículo 27(2)).
La decisión del árbitro de emergencia es vinculante, y cualquier parte puede solicitar la ejecución ante los tribunales nigerianos (Primer Horario, Artículo 27(6)). Por otra parte, la decisión no obliga al tribunal arbitral, que puede terminar, modificar o suspender la decisión del árbitro de emergencia (Primer Horario, Artículo 27(8), ver también Artículo 27(9)).
Ejecución de medidas cautelares en procedimientos de arbitraje en Nigeria
Una medida cautelar es una medida temporal para proteger los intereses de las partes en espera de una decisión final. La facultad de otorgar medidas cautelares se considera inherente a las facultades de los tribunales arbitrales, o puede ser ejercido por los tribunales nacionales.
Secciones 19 y 20 de la Nueva Ley establece un poder compartido entre los tribunales arbitrales y los tribunales nacionales. Así, cualquier parte puede solicitar directamente a los tribunales nigerianos medidas provisionales para arbitrajes con sede en Nigeria u otras jurisdicciones (Sección 19).
Dada la urgencia de medidas cautelares, las órdenes en relación con las solicitudes de medidas provisionales deben dictarse dentro de 15 días de la solicitud (Sección 19).
Considerando que la cuestión de la ejecución y el reconocimiento de las medidas cautelares sigue siendo discutible, la Nueva Ley introduce una nueva disposición que autoriza explícitamente la ejecución de decisiones provisionales (Sección 28(1)). A este respecto, la nueva ley establece motivos limitados para la denegación de la ejecución de decisiones provisionales (Sección 29(1)), por ejemplo:
- no se ha cumplido una decisión del tribunal arbitral con respecto a la prestación de una fianza como condición para la concesión de la medida cautelar;
- la medida cautelar ha sido suspendida o rescindida por el tribunal arbitral o cualquier otra autoridad competente; o
- si el tribunal determina que la medida cautelar es incompatible con los poderes conferidos por el tribunal. En este caso, el tribunal puede ajustar la medida cautelar sin modificar su fondo. A pesar de su discreción relativamente amplia, es fundamental resaltar que el tribunal actúa meramente como un mecanismo de apoyo a los tribunales arbitrales (ver Sección 29(3)).
Mediación en Nigeria: Una alternativa al arbitraje
A diferencia del acto anterior que contenía disposiciones relativas a la conciliación, La Parte II de la Nueva Ley introduce nuevas disposiciones detalladas relacionadas con la mediación en asuntos de controversias internacionales y nacionales (Sección 67-87).
Por ejemplo, la nueva ley se ocupa de la realización de la mediación, la inmunidad de los mediadores, y confidencialidad.[6]
La Nueva Ley también prevé la ejecución de los acuerdos de transacción como un contrato, sentencia de consentimiento u otorgamiento de consentimiento (Sección 82(2)) y establece motivos limitados para denegar la ejecución, a saber:
- una parte del acuerdo de conciliación estaba bajo alguna incapacidad;
- el acuerdo de conciliación fue declarado nulo, incapaz de ser realizado, modificado o no se convirtió en vinculante;
- las obligaciones en los acuerdos de liquidación se han cumplido o no están claras; o
- el mediador no reveló información que pueda suscitar dudas sobre su imparcialidad o independencia.
Otras disposiciones clave
Además de lo anterior, también hay los siguientes desarrollos para las partes que están considerando iniciar un arbitraje en Nigeria:
- Autoridad nominadora: Sección 59 designa al Director del Centro Regional de Arbitraje Comercial Internacional de Lagos como autoridad nominadora por defecto para asuntos internacionales.
- Motivos para anular un laudo arbitral: Sección 55 establece los motivos por los cuales una parte puede solicitar la anulación de un laudo arbitral. Los motivos reflejan los proporcionados en el 2006 Ley Modelo de la CNUDMI.[7] Bajo la sección 57, la ejecución de un laudo arbitral puede denegarse por motivos similares a los de la Ley Modelo.[8]
- Ejecución del Acuerdo de Arbitraje: Sección 5 establece que los tribunales nigerianos deben suspender los procedimientos iniciados en incumplimiento de un acuerdo de arbitraje a menos que el tribunal determine que el acuerdo de arbitraje es nulo, inoperante o incapaz de ser realizado.
- Costos de arbitraje y laudo final: la Nueva Ley requiere que los honorarios del tribunal arbitral sean “cantidad razonable", tomando en consideración el monto en disputa y la complejidad del caso (Sección 50(2)). también, si las partes no pagan los honorarios del arbitraje, Los tribunales e instituciones arbitrales pueden gravar los laudos definitivos hasta que los montos se paguen en su totalidad. (Sección 54(1)).
- Reglas de procedimientos de arbitraje: la nueva ley (Tercer Horario) introduce un conjunto de reglas de procedimientos de arbitraje con el objetivo de modernizar y acelerar los procedimientos relacionados con el arbitraje en los tribunales de Nigeria.
Observaciones finales
Los desarrollos anteriores son bienvenidos en una de las principales economías de África.. La nueva ley reafirma el compromiso de Nigeria de ser una jurisdicción favorable al arbitraje. Si bien el impacto de las nuevas disposiciones aún está por verse, la Nueva Ley es un paso significativo para el crecimiento del arbitraje en Nigeria y África.
[1] 2023 Ley de Arbitraje y Mediación de Nigeria, Memorando explicativo.
[2] Sección 55(3)(una) del 2023 La Ley de Arbitraje y Mediación de Nigeria establece lo siguiente: "la parte que hace la solicitud proporciona prueba de que (yo) una de las partes en el acuerdo de arbitraje estaba bajo alguna incapacidad legal, (yo) el acuerdo de arbitraje no es válido según la ley a la que las partes lo han sometido, o en su defecto tal indicación, bajo las leyes de Nigeria, (iii) la parte que presenta la solicitud no recibió la debida notificación del nombramiento de un árbitro o del procedimiento arbitral o no pudo presentar su caso de otro modo, (IV) el laudo se refiere a una disputa no contemplada o no cae dentro de los términos de la sumisión a arbitraje, (v) el laudo contiene decisiones sobre asuntos que están más allá del alcance de la sumisión a arbitraje, siempre que, si las decisiones sobre asuntos sometidos a arbitraje pueden separarse de las no sometidas, solo esa parte del laudo que contiene decisiones sobre asuntos no sometidos a arbitraje puede ser anulada, (nosotros) la composición del tribunal arbitral, o el procedimiento arbitral, no estaba de acuerdo con el acuerdo de las partes, a menos que el acuerdo esté en conflicto con una disposición de esta Ley de la cual las partes no pueden derogar, o (Vii) cuando no haya acuerdo entre las partes conforme al inciso (nosotros), que la composición del tribunal arbitral o el procedimiento arbitral no fue conforme a esta Ley;".
[3] Ver 2006 Ley Modelo de la CNUDMI, Artículo 34(2).
[4] Ver, p., Derecho Civil de Singapur (Financiamiento de terceros) (Enmienda) Normativas 2021 (disponible aquí); Legislación de arbitraje y mediación de Hong Kong (Financiamiento de terceros) (Enmienda) Ordenanza 2017, Sección 98E (disponible aquí).
[5] Ver, p. ej.., 2020 Reglas de arbitraje de LCIA, Artículo 9B; 2021 Reglas de arbitraje de la CCI, Artículo 29.
[6] Ver 2023 Ley de Arbitraje y Mediación de Nigeria, Secciones 73, 76, y 81.
[7] Ver 2006 Ley modelo, Artículo 34.
[8] Ver 2006 Ley modelo, Artículo 36.