¿Qué criterios aplica el Tribunal de la CPI al decidir los desafíos del árbitro?? Esta es una pregunta interesante sin respuesta directa, especialmente teniendo en cuenta que el Tribunal de la CPI aún no ha comenzado a publicar la decisión sobre los desafíos, aunque recientemente ha comenzado a proporcionar su razonamiento a las Partes con respecto a sus decisiones sobre impugnaciones.
los 2012 Las reglas de la CPI se refieren a la independencia e imparcialidad en el artículo 11 y artículo 14 pero no proporciona ninguna orientación sobre lo que debe entenderse por independencia e imparcialidad. El Tribunal no ha adoptado ningún reglamento interno ni directrices sobre el tema.. Entonces que, ¿Se utiliza como criterio principal y guía??
Elementos tomados en cuenta por el tribunal de la CPI al decidir sobre un desafío
Al determinar el desafío, el Tribunal puede tener en cuenta una variedad de factores y fuentes desde una variedad de perspectivas.
Su principal recurso es la experiencia de sus miembros y una base de datos no pública sobre las decisiones sobre objeciones y desafíos a los árbitros..
Un recurso secundario son las Directrices de la IBA sobre conflictos de intereses en el arbitraje internacional; sin embargo, se relacionan con la divulgación y no proponen establecer estándares en relación con los desafíos contra los árbitros.
Es importante mencionar que el Tribunal no aplica una sola norma a todos los casos, sino que decide las preguntas en cada caso por sí solo. El Tribunal de la CPI analiza los hechos y si muestran un cierre, sustancial, relación reciente y comprobada entre un posible árbitro y una de las partes.
La base general para el rechazo es el vínculo profesional directo pasado o presente entre el árbitro y una parte o entre un socio o socio comercial del árbitro y una parte o una entidad conectada a la parte. Los desafíos exitosos son relativamente poco frecuentes. El Tribunal normalmente no ha aceptado reemplazar a un árbitro a menos que parezca probable que no sea, de hecho independiente. Las decisiones de la Corte sobre los desafíos por falta de independencia no se comunicaron a las Partes hasta hace poco. Históricamente, el Tribunal no dio razones para la decisión.. Esto hizo extremadamente difícil distinguir cualquier criterio en el que basen sus decisiones.
Desafiar a un árbitro en la CPI es muy poco probable que tenga éxito
Las estadísticas muestran que en el período 1998-2006 había 270 desafíos fuera de 8,085 árbitros confirmados. No hubo un aumento significativo en los desafíos en la CPI (probablemente los requisitos de divulgación y la revisión de independencia del Tribunal de la CPI ayudaron). Se acepta un número muy pequeño de desafíos. (un promedio de 0.2% del número de árbitros confirmados o nombrados cada año). Al tomar la decisión sobre el desafío, el Tribunal tendrá en cuenta, entre otros factores, la etapa en la que se hace el desafío. El Tribunal rechazará fácilmente los desafíos que tengan fines puramente dilatorios.. El Tribunal decide utilizar una prueba objetiva en lugar de una subjetiva "a los ojos de las partes"Estándar.
Relevancia de las Directrices de la IBA sobre conflictos de intereses en el arbitraje internacional
¿Cuál es la posición de la CPI con respecto a las Directrices de la IBA sobre conflictos de intereses en el arbitraje internacional?? La CPI siempre los ha visto como un esfuerzo encomiable para tratar de identificar estándares uniformes de divulgación relacionados con conflictos de intereses.. sin embargo, el Tribunal de la CPI ha dejado en claro en repetidas ocasiones que no está sujeto a las Directrices de la IBA. Cuando las partes acuerdan el Arbitraje de la CPI, aceptan implícitamente que la Corte aplicará las Reglas de arbitraje de la CPI. Por lo tanto, parece que la utilidad de las Directrices de IBA es limitada para la CPI.
Una revisión interna del Tribunal de la CPI también reveló que hay algunos hechos y circunstancias que no están cubiertos por las Directrices de la IBA pero que pueden dar lugar a un desafío exitoso. En un pequeño número de casos, Las Partes se refirieron a las Directrices IBA en sus argumentos y en algunos casos se mencionaron en relación con la no confirmación y los desafíos.
Pasos recientes hacia la transparencia
Los criterios para la impugnación exitosa de un árbitro en el Tribunal de la CPI aún se desconocen y están lejos de ser claros.. Queda por ver si la CPI cambiará su posición en el futuro y posiblemente comenzará a publicar sus decisiones sobre los desafíos que facilitarían el trabajo de los abogados y ayudarían a mejorar la transparencia de los procedimientos de la CPI en general.. Proporcionar a las partes una explicación de la decisión del Tribunal de la CPI sobre este asunto es un paso en la dirección correcta.
Las disposiciones más relevantes de las Reglas de Arbitraje de la CPI sobre este tema se encuentran a continuación..
- Nina Jankovic, Ley Aceris SARL
Artículo 11: Provisiones generales
1) Cada árbitro debe ser y seguir siendo imparcial e independiente de las partes involucradas en el arbitraje..
2) Antes de la cita o confirmación, un posible árbitro deberá firmar una declaración de aceptación, disponibilidad, imparcialidad e independencia. El posible árbitro deberá divulgar por escrito a la Secretaría cualquier hecho o circunstancia que pueda ser de tal naturaleza como para cuestionar la independencia del árbitro a los ojos de las partes., así como cualquier circunstancia que pueda generar dudas razonables sobre la imparcialidad del árbitro. La Secretaría proporcionará dicha información a las partes por escrito y fijará un límite de tiempo para cualquier comentario de ellas..
3) Un árbitro deberá divulgar inmediatamente por escrito a la Secretaría y a las partes cualquier hecho o circunstancia de naturaleza similar a los mencionados en el Artículo 11(2) sobre la imparcialidad o independencia del árbitro que pueda surgir durante el arbitraje.
4) Las decisiones de la Corte en cuanto al nombramiento, confirmación, la impugnación o el reemplazo de un árbitro serán definitivos, y los motivos de tales decisiones no se comunicarán.
5) Al aceptar servir, los árbitros se comprometen a cumplir con sus responsabilidades de conformidad con las Reglas
Artículo 14: Desafío de los árbitros
1) Un desafío de un árbitro, ya sea por una supuesta falta de imparcialidad o independencia, o de otro modo, se hará mediante la presentación a la Secretaría de una declaración escrita que especifique los hechos y circunstancias en los que se basa el desafío.
2) Para que un desafío sea admisible, debe ser presentado por una parte dentro de 30 días desde la recepción por parte de esa parte de la notificación de la cita o la confirmación del árbitro, o dentro de 30 días a partir de la fecha en que la parte que presentó la impugnación fue informada de los hechos y circunstancias en que se basa la impugnación si dicha fecha es posterior a la recepción de dicha notificación.
3) El Tribunal decidirá sobre la admisibilidad y, al mismo tiempo, si necesario, sobre los méritos de una impugnación después de que la Secretaría haya brindado una oportunidad para el árbitro en cuestión, la otra parte o partes y cualquier otro miembro del tribunal arbitral para comentar por escrito dentro de un período de tiempo adecuado. Dichos comentarios serán comunicados a las partes y a los árbitros..