Los arbitrajes internacionales en el campo del envío y las ventas a menudo incluyen reclamaciones por demora. (“seguros” en francés) que constituyen, usando la expresión del profesor Debattista, "la dieta básica de los abogados de transporte marítimo de todo el mundo".[1] Aunque rara vez se define en los contratos de fletamento o venta que generalmente establecen su tarifa solo, la Código Báltico (2020) define la estadía como "[una]n monto acordado pagadero al propietario con respecto a la demora del buque más allá del tiempo de espera, por lo que el propietario no es responsable."En otros términos, demora es una cantidad de dinero a pagar, generalmente por el fletador al propietario del buque, cuando el tiempo asignado para la carga / descarga de la carga, llamado tiempo de descanso ("estrellas"O “días de junta” en francés), se supera. En los siguientes párrafos, contemplaremos varias de sus principales características.
Legal Nature of Demurrage
En general, Hay dos teorías sobre la naturaleza jurídica de la estadía.. El primer enfoque consiste en considerar la estadía simplemente como una suma pagadera en virtud del contrato de envío. (o charterparty) por detener el buque en el puerto más allá del tiempo acordado. Este enfoque ha sido adoptado por la legislatura francesa[2] en Artículo R5423-23 del Código de Transportes que dice lo siguiente: "Para cada día, exceder el número de "días de junta" acordado en el "contrato de fletamento", para cargar o descargar el barco, el fletador debe demora, que se consideran fletes adicionales."La demora es, por lo tanto, no se consideran daños por incumplimiento de contrato, sino simplemente como una multa contractual pagadera en caso de retraso en la carga o descarga de la carga. Por ejemplo, en su decisión fechada 10 septiembre 2020, el Tribunal de Apelación de Rouen dictaminó que la reclamación relativa al pago de la demora no impedirá al demandante su derecho a reclamar una indemnización por los costos resultantes de dicha demora, como su "la causa es distinta de la estadía".[3]
Un segundo enfoque consiste en considerar la estadía como una indemnización por incumplimiento del contrato de fletamento..[4] Esta es una opinión comúnmente aceptada por los tribunales ingleses en la actualidad.. Por ejemplo, como dijo Lord Guest en el Unión de la India v. Aeolus Shipping Company SA (Los Spalmatori) caso, "Los días de descanso son los días que las partes han estipulado para la carga o descarga de la carga., y si se exceden los fletadores incumplen; demora son los daños acordados que se pagarán por demora si el barco se demora en la carga o descarga más allá del período acordado."[5]
Exception Clauses and Demurrage
No es inusual que un contrato de fletamento prevea “cláusulas de excepción” o “excepciones a las cláusulas de tiempo de espera”. Estas cláusulas se refieren a razones estipuladas contractualmente por las cuales, si ocurren, el tiempo de reposo no se ejecuta. Sin entrar en más detalles, un pequeño matiz es, sin embargo, garantizado. Las excepciones al tiempo de descanso deben distinguirse de las interrupciones al tiempo de descanso.. Como señaló John Schofield, interrupciones a la cobertura de tiempo de descanso "aquellos períodos en los que el tiempo de descanso no se ejecuta porque están fuera de la definición de tiempo de descanso tal como se expresa en la cláusula de tiempo de descanso". Periodos exceptuados, por otra parte, son "períodos que están dentro de la definición de tiempo de descanso, pero sin embargo excluido por una cláusula de excepción."[6] Opina que la diferencia está lejos de ser puramente terminológica, con excepciones al tiempo de descanso., "Es necesario mostrar una conexión causal entre lo que se exceptúa y la falta de trabajo de la carga., mientras que con [interrupciones al tiempo de descanso] Todo lo que se necesita demostrar para la causalidad es que el estado de cosas excluido existe en el lugar donde se habría trabajado la carga.."[7] Por ejemplo, si el contrato de fletamento contiene una excepción que estipula que el tiempo de descanso no se ejecutará en caso de mal tiempo, es necesario establecer que el tiempo se perdió por mal tiempo.[8]
Pasando al tema de la estadía, Se ha planteado la cuestión de si las cláusulas de excepción también se aplicarán a situaciones en las que el tiempo de descanso acordado ya ha transcurrido y el buque ha, así, vamos estadía. La respuesta a esta pregunta depende de la redacción de la cláusula de excepción.. Si la cláusula de excepción estipula explícitamente que se aplica tanto al tiempo de descanso como a la estadía, la estadía no será pagadera cuando ocurra el evento exceptuado. Por otra parte, si la cláusula de excepción no se extiende a la estadía y cubre solo el tiempo de descanso, la estadía sigue siendo pagadera a pesar de la ocurrencia del evento exceptuado.
Esta posición está consagrada en una máxima conocida, "Una vez en estadía, siempre en estadía". Es seguido comúnmente por los tribunales ingleses.. Por ejemplo, como lo enfatiza Lord Reid en el Unión de la India v. Aeolus Shipping Company SA (Los Spalmatori) caso, "Cuando una embarcación esté en demora, no se aplicarán excepciones para evitar que la demora continúe siendo pagadera, a menos que la cláusula de excepción esté redactada claramente de manera que tenga ese efecto.."[9] En la misma vena, Lord Diplock declaró en el Dias Compania Naviera SA c. Corporación Louis Dreyfus (los días) caso que, "Dado que la estadía es indemnización por daños y perjuicios, fijado por acuerdo entre las partes, Es posible, mediante palabras adecuadas en el contrato de constitución, proporcionar que, sin perjuicio de la continuación del incumplimiento, No se pagarán sobreestadías con respecto al período en el que se produzca algún evento especificado en el contrato de fletamento.."[10]
Cláusulas de demora en contratos de fletamento y contratos de compraventa
Típicamente, es el fletador quien está obligado a pagar la estadía cuando se ha excedido el tiempo de espera. sin embargo, ya que es bastante frecuente celebrar un contrato de fletamento para cumplir con las obligaciones derivadas de un contrato de venta, el fletador puede ver su responsabilidad comprometida bajo el contrato de fletamento por demoras causadas por sus contratistas bajo el contrato de venta (ver nuestro análisis de Incoterms en el comercio internacional). Por lo tanto, Debe contemplarse la cuestión de la interacción entre las cláusulas de demora incluidas en los contratos de fletamento y las cláusulas de demora celebradas en los contratos de compraventa..
La posición general de los tribunales ingleses a este respecto fue resumida por Lord Justice Mance en el Fal Oil Co Ltd contra Petronas Trading Corp Sdn Bhd (El devon) caso de la siguiente manera:[11]
Hay dos situaciones generales [...]. En el primero, el contrato de venta crea un pasivo por demora en forma de "indemnización", que es pagar solo si y en la medida en que exista tal responsabilidad en virtud de la carta u otro contrato de terceros. [...] La segunda situación (ejemplificado por varias autoridades) es uno en el que las disposiciones del contrato de venta simplemente se refieren o incorporan disposiciones de un contrato de fletamento u otro contrato de terceros (o al menos una de esas disposiciones, p. ej.. en cuanto a la tasa de demora) en un esquema de contrato de venta por lo demás independiente. El alcance de cualquier referencia o incorporación es, por supuesto, una cuestión de construcción..
En otros terminos, salvo una disposición expresa que indique lo contrario, Una cláusula de demora en un contrato de compraventa se considera autónoma e independiente de una cláusula de demora estipulada en un contrato de fletamento..[12] La principal consecuencia legal de dicha independencia es que la obligación de pagar la estadía en virtud del contrato de fletamento no da lugar a la responsabilidad automática de pagar la estadía en virtud del contrato de venta.; este último está sujeto a sus propias condiciones y régimen.
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[1] Ch. Polemista, "Cláusulas de laytime y demora en contratos de compraventa - enlaces y conexiones", Trimestral de derecho comercial y marítimo de Lloyd's (2003), No. 4, pags. 508.
[2] R. Achard, "Operación de la embarcación. - Carta de viaje. - Staries et surestaries", Juris Classeur, Fasc. 1221, para. 74.
[3] Tribunal de Apelación de Rouen, Decisión No. 19/03761, 10 septiembre 2020.
[4] j. Schofield, "Tiempo de descanso y demora", 6el edición, Routledge (2011), pags. 357.
[5] Unión de la India v. Aeolus Shipping Company SA (Los Spalmatori) [1964] C.A. 868, pags. 899.
[6] j. Schofield, "Tiempo de descanso y demora", 6el edición, Routledge (2011), pags. 195.
[7] j. Schofield, "Tiempo de descanso y demora", 6el edición, Routledge (2011), pags. 195.
[8] j. Schofield, "Tiempo de descanso y demora", 6el edición, Routledge (2011), pags. 195.
[9] Unión de la India v. Aeolus Shipping Company SA (Los Spalmatori) [1964] C.A. 868, pags. 879.
[10] Dias Compania Naviera SA c. Corporación Louis Dreyfus (los días) [1978] 1 WLR. 261, pags. 264.
[11] Fal Oil Co Ltd contra Petronas Trading Corp Sdn Bhd (El devon) [2004] EWCA Civil 822, 2004 WL 1372540.
[12] Ch. Polemista, "Cláusulas de laytime y demora en contratos de compraventa - enlaces y conexiones", Trimestral de derecho comercial y marítimo de Lloyd's (2003), No. 4, páginas. 508-524.