Cláusulas de escalada (o cláusulas de resolución de disputas de varios niveles) se encuentran comúnmente en contratos comerciales. Estas cláusulas pueden detallar diferentes condiciones previas y procedimientos cuando se busca resolver disputas..[1]
Típicamente, las partes están obligadas a intentar, dentro de un período de tiempo específico, un arreglo amistoso o entablar negociaciones para evitar arbitrajes o litigios. A veces, las partes deben participar en procedimientos de conciliación o mediación antes de someter cualquier disputa a arbitraje.. Por lo tanto, Estas cláusulas pueden combinar diferentes condiciones previas y niveles de resolución de disputas., siendo el arbitraje el último "nivel”Que se puede alcanzar como último recurso.[2]
Recientemente, el Tribunal Superior inglés se negó a anular un laudo arbitral parcial sobre la base de que el demandante en el procedimiento de arbitraje supuestamente no había cumplido con una condición previa del acuerdo de arbitraje en una cláusula de escalamiento. En República de Sierra Leona v. Minería SL [2021] EWHC 286 (Comunicación), el Tribunal Superior de Londres entendió que el supuesto incumplimiento de la condición previa en el acuerdo de arbitraje era una cuestión de admisibilidad de la reclamación de las partes en contraposición a una cuestión relativa a la jurisdicción de los árbitros.
Jurisdicción y admisibilidad en arbitraje internacional
Antes de analizar el caso que nos ocupa, Es relevante hacer la distinción entre jurisdicción y admisibilidad.. En pocas palabras, La jurisdicción se refiere al poder del tribunal arbitral para resolver un caso., mientras que la admisibilidad puede referirse a la idoneidad de la reclamación para que el tribunal arbitral ejerza su jurisdicción.[3]
Es cierto que una decisión de inadmisibilidad puede parecerse a una decisión de incompetencia. Si la reclamación es inadmisible, el tribunal no se pronunciará sobre el fondo, por lo menos temporalmente, incluso si tiene jurisdicción.
Las consecuencias de una decisión sobre la admisibilidad y una decisión sobre la jurisdicción son drásticamente diferentes, sin embargo. Un fallo sobre la admisibilidad, en la mayoria de los casos, no impedirá que el tribunal arbitral vuelva a conocer el caso una vez que se haya corregido la falla o se haya cumplido la condición previa. A menudo, el tribunal arbitral suspenderá el procedimiento hasta que las partes cumplan la condición previa(s) para iniciar el arbitraje. Por otra parte, si el tribunal carece de jurisdicción, no escuchará el caso, ya que no tiene autoridad para resolver la disputa de las partes.
Otra distinción importante que surge de la cuestión de la jurisdicción y la admisibilidad en el contexto del arbitraje internacional es la participación de los tribunales nacionales.. Si bien las cuestiones de admisibilidad son solo para que los tribunales arbitrales las resuelvan, las decisiones sobre jurisdicción pueden ser revisadas por los tribunales nacionales en procedimientos de anulación o ejecución. Por lo tanto, Los tribunales estatales pueden cuestionar la decisión de un tribunal sobre la jurisdicción., pero no una decisión sobre la admisibilidad.[4]
Que dicho, La clasificación adecuada de las cuestiones relativas a la jurisdicción o la admisibilidad es fundamental., particularmente en el contexto de las cláusulas de escalada en los procedimientos de arbitraje.
El enfoque inglés de las preguntas que involucran condiciones previas en las cláusulas de escalamiento en el arbitraje
La High Court inglesa en una decisión reciente aclaró su enfoque sobre el cumplimiento de ciertas condiciones previas al arbitraje en las cláusulas de escalada.. En República de Sierra Leona v. Minería SL, surgió una disputa por la cancelación de un contrato de licencia minera ("MLA") que contiene una cláusula que exige a las partes "esforzarse por llegar a un acuerdo amistoso"En caso de disputa. Más específicamente, el MLA proporcionó:
6.9 Interpretación y arbitraje
[...]
si) Las partes se esforzarán de buena fe por llegar a una solución amistosa de todas las diferencias de opinión o disputas que puedan surgir entre ellas con respecto al desempeño de la ejecución y la interpretación o terminación de este [MLA], y respecto de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del mismo..
C) En el caso de que las partes no puedan llegar a un acuerdo amistoso dentro de un período de 3 (Tres) meses a partir de una notificación por escrito de una de las partes al otro especificando la naturaleza de la disputa y buscando una solución amistosa, Cualquiera de las partes puede someter el asunto a la jurisdicción exclusiva de una Junta de 3 (Tres) Árbitros que serán designados para llevar a cabo su misión de acuerdo con las Reglas Internacionales de Conciliación y Arbitraje de la… CCI.
Tras una disputa con el gobierno de Sierra Leona, SL Mining Ltd envió una notificación de disputa sobre 14 julio 2019. Poco después de, SL Mining Ltd presentó una solicitud a un Árbitro de emergencia de la CCI y obtuvo el alivio que buscaba. Luego se notificó una solicitud de arbitraje en 30 agosto 2019. (En otros comentarios, bajo las Reglas de Arbitraje de la CCI (Apéndice V: Reglas del árbitro de emergencia, Artículo 1(6)), Las partes están obligadas a notificar la solicitud de arbitraje dentro de 10 días de la solicitud de ayuda de emergencia. Aunque SL Mining Ltd buscó esperar los tres meses requeridos por la cláusula 6.9 del MLA, Sierra Leona no aceptó esta oferta., argumentando que la solicitud de arbitraje debe presentarse de acuerdo con las disposiciones de las Reglas de Arbitraje de la CCI.)
Una vez que SL Mining Ltd comenzó el arbitraje, Sierra Leona impugnó la jurisdicción del tribunal arbitral, argumentando que SL Mining Ltd debería haber esperado tres meses a partir de la fecha de envío de la notificación de disputa (es decir, 14 julio 2019), antes de comenzar el procedimiento de arbitraje.
El tribunal arbitral dictó un laudo parcial el 6 marzo 2020 mantener la jurisdicción sobre las reclamaciones de SL Mining Ltd.
Posteriormente, Sierra Leona presentó una impugnación ante el Tribunal Superior de Justicia de Londres., bajo Sección 67 de la Ley de Arbitraje Inglesa 1996 (la "Actuar"), sobre la base de que el tribunal arbitral carecía de competencia para dictar el laudo parcial.
En su decision, el Tribunal Superior abordó las siguientes preguntas:[5]
1. ¿Es la prematuridad de la solicitud de arbitraje una cuestión de jurisdicción que se tratará en la Sección 67 de la ley?
2. Subsidiariamente, ¿Renunció Sierra Leona a la condición previa al insistir en la presentación de la solicitud de arbitraje de conformidad con el Apéndice V de las Reglas de Arbitraje de la CCI??
3. ¿Cuál es la construcción adecuada de la cláusula? 6.9(C) del MLA?
4. Basado en la construcción adecuada, ¿SL Mining Ltd violó la cláusula? 6.9 del MLA?
Con respecto a la pregunta No. 1: el Tribunal Superior determinó que la prematuridad de la solicitud de arbitraje de SL Mining Ltd era una cuestión relacionada con la admisibilidad del reclamo, en lugar de jurisdicción.
En particular, el tribunal señaló que era un terreno común que existe una distinción "entre una impugnación de que una reclamación no era admisible ante los Árbitros (admisibilidad) y una impugnación de que los Árbitros no tenían jurisdicción para conocer un reclamo (jurisdicción). Solo el último desafío está disponible para una parte bajo s 67, y la interferencia de un tribunal es, por lo tanto, limitada y desalentada por s 1(C) del 1996 Actuar".[6]
Más lejos, el tribunal se refirió a varios comentaristas señalando que “Las autoridades internacionales están claramente a favor de manera abrumadora de un caso de que una impugnación como la presente no pasa a la jurisdicción.".[7]
Como una cuestión de derecho inglés, el Tribunal Superior trató de responder si la supuesta prematuridad de la solicitud de arbitraje de SL Mining Ltd era una cuestión relacionada con la jurisdicción sustantiva del tribunal arbitral, como se indica en Sección 30(1)(C) de la ley. Al hacerlo, el tribunal desestimó el argumento de Sierra Leona de que el análisis dependería de las palabras de la cláusula en cuestión:[8]
No veo que haya ninguna diferencia entre "No se iniciará ningún arbitraje a menos que X’ y "En el caso de X, las partes pueden arbitrar". Como [Sierra Leona] presentado, s 30 (1) (una) y (si) dar una opción binaria, y a primera vista (C) no. La subsección podría haber dicho "si [o no] los asuntos han sido sometidos a arbitraje ", que podría haber dado más apoyo a su argumento.
En conclusión, el tribunal estableció una clara distinción entre cuestiones relacionadas con la admisibilidad y las cuestiones relacionadas con la jurisdicción. En particular, el tribunal sostuvo que "si el problema se relaciona con si una reclamación no pudo ser sometida a arbitraje, la cuestión es normalmente de jurisdicción y está sujeta a más recursos en virtud de la s 67 del 1996 Actuar, Considerando que si se refiere a si una reclamación no debe ser escuchada por los árbitros en absoluto, o al menos no todavía, el problema es normalmente de admisibilidad, la decisión del tribunal es final y 30 (1) (C) no se aplica."[9]
Con respecto a la pregunta No. 2: el tribunal aceptó el argumento de SL Mining Ltd de que Sierra Leona había consentido en presentar la solicitud de arbitraje antes del período de tres meses establecido en la cláusula 6.9 del MLA:[10]
Con o sin estancia, Estoy satisfecho de que [Sierra Leona], insistiendo en el servicio de la RFA en 30 agosto, consintió en tal servicio, y por lo tanto el comienzo del arbitraje, y en consecuencia renunció al efecto del período de tres meses (si se aplica de otra manera).
Por lo tanto, incluso si la condición previa fuera una cuestión de jurisdicción, El desafío de Sierra Leona en la sección 67 de la ley habría sido desestimada porque había consentido el inicio del arbitraje (ver Sección 73 de la ley; ver también Regla 40 de las Reglas de Arbitraje de la CPI).
Con respecto a la pregunta No. 3: el tribunal entendió esa cláusula 6.9(C) del MLA no fue "una barra de tiempo simple"Para iniciar un procedimiento.[11] En lugar, el tribunal interpretó el período de tres meses como "una ventana durante la cual las partes pueden explorar la solución, pero siempre sujeto [...] a procedimientos anteriores si no se pudiera lograr el objetivo de una solución amistosa."[12]
Así, en la vista de la corte, el período de tres meses de la cláusula 6.9(C) was subsidiary and subject to the parties’ esfuerzos para llegar a un acuerdo amistoso:[13]
En cuanto a la dificultad de resolver el problema de la imposibilidad de resolver, eso es lo que han especificado las partes, and it is an issue best resolved by Arbitrators rather than by the Court (de acuerdo con la decisión que ya he tomado arriba). A mi juicio, es significativo que la escala de tiempo en la cláusula 6.9 (C) es subsidiaria de la obligación de intentar un arreglo amistoso, salir primero, en (si). Estoy de acuerdo con los Árbitros’ conclusión en el párrafo 114 del premio.
Con respecto a la pregunta No. 4: el Tribunal Superior observó que, como cuestión de admisibilidad, Incumbía al tribunal arbitral decidir si la controversia podría haberse resuelto en un plazo de tres meses., y no la cancha. sin embargo, señaló que con base en los documentos presentados por las partes, "no había ni un gato en el infierno de una solución amistosa por 14 octubre".[14]
Por lo tanto, SL Mining Ltd no incumplió la cláusula 6.9 del MLA.
[1] UNA. Jolles, Consecuencias de las cláusulas de arbitraje multinivel: Problemas de ejecución, La Revista Internacional de Arbitraje, Mediación y gestión de disputas (Vol.. 72, Problema 4), pags. 329.
[2] k. Berger, Ley y práctica de las cláusulas de escalada, en W. Parque (educar) Arbitraje Internacional (2006), pags. 1.
[3] T. Obamuroh, Jurisdicción y admisibilidad: Un caso de estudio, en W. Parque (educar) Arbitraje Internacional (2020), pags. 378.
[4] F. Santa Cruz, Navegando por las aguas turbulentas entre la jurisdicción y la admisibilidad: un análisis de qué ley debe regir la caracterización de las cuestiones preliminares en el arbitraje internacional, en W. Parque (educar), Arbitraje Internacional (2017), páginas. 540-541.
[5] República de Sierra Leona v. Minería SL [2021] EWHC 286 (Comunicación), para. 6.
[6] Ibídem, para. 8.
[7] Ibídem, para. 16.
[8] Ibídem, para. 16 (énfasis añadido).
[9] Ibídem, para. 18 (énfasis agregado).
[10] Ibídem, para. 28 (énfasis añadido).
[11] Ibídem, para. 32.
[12] Ibídem, para. 32 (énfasis añadido).
[13] Ibídem, para. 32 (énfasis añadido).
[14] Ibídem, para. 36.