El arbitraje de emergencia de la CPI ofrece a las partes una alternativa a la jurisdicción de los tribunales estatales para buscar medidas provisionales o de conservación. Este procedimiento fue introducido en 2012 con artículo 29 de las Reglas de la CCI y el Apéndice V.[1] Las disposiciones de arbitraje de emergencia se aplican por defecto a los acuerdos de arbitraje celebrados después 1 enero 2012 a menos que las partes hayan optado por no participar.[2] El costo del arbitraje de emergencia actualmente es de USD. 40,000 de conformidad con el artículo 7 del Apéndice V de las Reglas de la CCI, con USD 10,000 ser pagado por los gastos administrativos de la CPI y USD 30,000 por los honorarios del árbitro de emergencia.
La particularidad de estos procedimientos muy rápidos es que las medidas cautelares solicitadas son otorgadas por un árbitro de emergencia antes de la constitución del tribunal arbitral.. Una disposición clave, por lo tanto, cuando se buscan medidas de emergencia es que el alivio solicitado es tan urgente que “No se puede esperar a la constitución del tribunal arbitral.".[3] Por lo tanto, se percibe que las Reglas de la CCI sobre arbitraje de emergencia llenan un vacío previo.brecha", es decir, la ausencia de reparación durante el período de tiempo anterior a la constitución y transmisión del expediente al tribunal arbitral.[4]
Procedimiento – Reglas Generales
Para que una parte tenga éxito en un procedimiento de arbitraje de emergencia, además de los requisitos jurisdiccionales, deben cumplirse una serie de normas sustantivas. En términos de jurisdicción, al recibir una solicitud de ayuda de emergencia, el Presidente de la Corte Internacional de Arbitraje (el presidente) primero, luego el árbitro de emergencia, evaluará si las disposiciones del árbitro de emergencia se aplican con referencia al artículo 29(5) y artículo 29(6) de las Reglas de la CPI.[5]
El procedimiento es extremadamente rápido.. De hecho, una vez que la Secretaría de la CPI recibe una solicitud de ayuda de emergencia, y el presidente tiene, prima facie, determinó que se aplican las disposiciones de arbitraje de emergencia, el Presidente designa al árbitro de emergencia”dentro el menor tiempo posible, normalmente dentro de los dos días posteriores a la recepción de la solicitud por parte de la Secretaría".[6]
La decisión del árbitro de emergencia entonces toma la forma de una orden y debe emitirse a más tardar 15 días contados a partir de la fecha en que el expediente fue transmitido al árbitro de emergencia.[7] El orden, sin embargo, no es un laudo arbitral, lo que puede plantear problemas en la etapa de ejecución en algunas jurisdicciones.[8]
Finalmente, el solicitante deberá presentar una solicitud de arbitraje dentro de 10 días siguientes a la recepción por parte de la Secretaría de su solicitud de medidas de emergencia. De otra manera, el Presidente debe dar por terminado el procedimiento de arbitraje de emergencia a menos que el árbitro de emergencia determine que es necesario un período más largo.[9]
En cuanto a los requisitos sustantivos, además de urgencia, según la literatura y la práctica arbitral, los mismos requisitos que en el artículo 28 del Reglamento de la CPI que permite al tribunal, una vez constituido, para pedir cualquier “medidas provisionales o conservatorias que considere oportunas" solicitar.[10] Estos suelen ser los siguientes, cuales son, sin embargo, no acumulativo:[11]
- la probabilidad de éxito en los méritos;
- el riesgo de daño irreparable;
- el riesgo de agravación del conflicto;
- la ausencia de prejuzgamiento del caso sobre el fondo;
- la prueba de proporcionalidad/equilibrio de las acciones de los intereses en juego.
La diferencia entre artículos. 28 y 29 de las Reglas de la CPI, por lo tanto, reside en el “grado especial de urgencia“diferenciar la mera ayuda provisional de la ayuda de emergencia.[12]
Un grado especial de urgencia
La prueba para las medidas de emergencia es si “medidas provisionales o conservadoras urgentes [...] No se puede esperar a que se constituya un tribunal arbitral.", según lo dispuesto en el artículo 29 de las Reglas de la CPI.[13] Se requiere un umbral alto y una urgencia inmediata al evaluar la urgencia en virtud del artículo 29(1) de las Reglas de la CPI.[14]
Este requisito clave para los procedimientos de arbitraje de emergencia fue confirmado por el Informe de la Comisión de Arbitraje de la CCI y el Grupo de Trabajo de ADR sobre procedimientos de arbitraje de emergencia. (el grupo de trabajo de la CPI), que revisó 80 solicitudes de medidas de emergencia entre 2012 y 2018 y consideró que “La naturaleza de las medidas provisionales es tal que sólo en casos excepcionales se justifica una medida urgente.."[15]
Por lo tanto, sólo en circunstancias excepcionales, donde se busca un alivio verdaderamente urgente, ¿Tendrá una parte derecho a la reparación prevista en el procedimiento de arbitraje de emergencia?. De hecho, un autor señala que “[yo]Si el árbitro de emergencia concediera reparación independientemente de si las medidas solicitadas podrían esperar a la formación del tribunal, el árbitro de emergencia estaría usurpando el papel del tribunal arbitral."[16] La regla, por lo tanto, sigue siendo que las medidas provisionales son ordenadas por el propio tribunal conforme al artículo 28(1) de las Reglas de la CCI una vez constituida. El diferente significado de urgencia en los procedimientos arbitrales de emergencia y en las solicitudes de medidas provisionales ante los tribunales arbitrales es, en consecuencia, "la característica definitoria del arbitraje de emergencia".[17]
En la práctica, sin embargo, la "urgencia específica"[18] El requisito ha resultado difícil de aplicar., y los tribunales con mayor frecuencia abordarán la urgencia junto con otros estándares, tales como el daño irreparable que el solicitante probablemente sufrirá en ausencia de reparación.
La probabilidad de éxito según los méritos
Además de mostrar urgencia, El solicitante de un arbitraje de emergencia debe convencer al árbitro de emergencia de que tiene una prima facie caso sobre el fondo.[19] Este es un criterio bien conocido para las medidas provisionales ante los tribunales arbitrales.. Requiere que la parte solicitante demuestre que tiene un caso defendible o un “probabilidad razonable de prevalecer sobre el fondo".[20] Al hacerlo, El árbitro de emergencia considerará las respectivas reclamaciones y defensas de las partes y, en consecuencia, decidirá si concede la reparación solicitada..[21] De otra manera, si el tribunal arbitral finalmente desestima las reclamaciones del solicitante, Sería contraproducente que se hubiera concedido ayuda de emergencia en primer lugar..[22]
En el 80 Solicitudes de ayuda de emergencia revisadas por el Grupo de Trabajo de la CPI, al menos 31 Consideró la probabilidad de éxito en función de los méritos..[23] Después de la urgencia, Este parece ser el criterio más comúnmente aplicado en la práctica del arbitraje de emergencia de la CCI., junto con el riesgo de daño irreparable.[24]
El riesgo de daño irreparable
El riesgo de daño inminente o irreparable es en gran medida un requisito para la reparación provisional o conservadora y, por lo tanto, también para ayuda de emergencia.[25] Este tipo de daño suele definirse como aquel que no puede compensarse mediante una indemnización por daños y perjuicios..[26] Consiste en evaluar si la indemnización por daños y perjuicios sería una reparación inadecuada porque el daño que se sufriría en ausencia de reparación no podría repararse mediante una indemnización por daños y perjuicios., incluso si hubiera compensación disponible.[27]
Algunos laudos arbitrales, sin embargo, han considerado que el “El estándar no es tan alto como para requerir un daño que no pueda ser compensado con dinero, pero más bien que el daño alterará significativamente el status quo y agravará los daños".[28] similar, "un riesgo de daño grave o sustancial puede ser suficiente, depende de las circunstancias” de cada caso.[29] El riesgo de daño debe, por lo tanto, al menos ser serio e inminente, "inclinar la balanza a favor de la parte solicitante."[30]
De nuevo, por lo tanto, no existe consenso entre estos diferentes enfoques, que siguen siendo principalmente hechos específicos. En cualquier evento, en el 80 Casos analizados por el Grupo de Trabajo de la CPI, la mitad de ellos consideró el estándar de daño irreparable.[31]
El riesgo de agravamiento de la disputa
El riesgo de agravamiento de una disputa es una referencia a si la concesión o denegación de la reparación solicitada agravaría la disputa y tiene como objetivo preservar a las partes de sufrir daños adicionales..[32]
En un caso de la CPI, este criterio se aplicó solo y, a pesar de la ausencia del riesgo de daño irreparable, el árbitro de emergencia concedió la reparación solicitada.[33] En la mayoría de los casos, sin embargo, se aplica junto con otras normas.[34]
La ausencia de prejuicio del caso sobre el fondo
Artículos 29(3) y 29(4) del Reglamento de la CCI reconocen que el tribunal arbitral es la autoridad suprema para tomar decisiones y que la orden del árbitro de emergencia no será vinculante para el tribunal arbitral.[35]
Así, aunque el árbitro de emergencia debe estimar las posibilidades de éxito de la demanda en cuanto al fondo, no debe “sobrepasar la función del tribunal arbitral de evaluar el fondo del asunto".[36]
En uno de los casos revisados por el Grupo de Trabajo de la CPI, el árbitro de emergencia sostuvo que “[yo]No es función de un árbitro de emergencia. [...] decidir los méritos de los respectivos casos de las partes, particularmente cuando tales casos son, necesariamente, materialmente incompletos y giran en torno a cuestiones jurídicas complicadas y potencialmente difíciles."[37]
En otro caso revisado por el Grupo de Trabajo de la CPI, El árbitro de emergencia rechazó la solicitud de reparación de emergencia dado el riesgo de prejuzgar los méritos del caso ya que algunas cuestiones planteadas dependían de un “debate más profundo", que era inadecuado para un procedimiento de arbitraje de emergencia.[38]
La prueba de proporcionalidad o equilibrio de acciones
Al evaluar una solicitud de medidas de emergencia, el árbitro de emergencia también podrá realizar un juicio de proporcionalidad o “equilibrio de acciones" prueba.[39]
Esto requiere que el árbitro de emergencia sopese el daño potencial que el solicitante y el demandado probablemente sufrirán si se concede o rechaza la reparación solicitada., es decir, la "daño que se evitaría mediante la imposición de una reparación contra el daño potencial que el demandado podría sufrir como resultado de esa imposición."[40]
Como señala un comentarista, al realizar esta prueba de equilibrio, Los árbitros de emergencia deben, entre otras cosas, considere si la aplicación aparece como “una forma de abuso", como "En ocasiones, las medidas provisionales pueden desviarse de sus fines legítimos para ejercer presión sobre la parte contraria en un intento de obtener concesiones indebidas.".[41] El árbitro de emergencia debe, por lo tanto, contemplar el verdadero propósito detrás de las medidas solicitadas.[42]
Finalmente, Los árbitros de emergencia también pueden estimar las respectivas posiciones financieras de las partes para tomar una decisión comercialmente sensata..[43]
Conclusión
El arbitraje de emergencia de la CCI es una herramienta excepcional a disposición de las partes; es, sin embargo, raramente concedido por los árbitros. El requisito de urgencia, fundamental para una solicitud de ayuda de emergencia, ha sido caracterizado como uno de “el estándar más difícil[s] reunirse".[44] La mayoría de las solicitudes de medidas de emergencia se rechazan por este motivo.
[1] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 3, para. 2.
[2] 2021 Reglas de la CCI (Reglas de la CCI), Artículo 29(6).
[3] Reglas de la CCI, Artículo 29(1).
[4] j. Freír, S. Greenberg, F. Mazza, La guía de la Secretaría para el arbitraje de la CPI (2012), pags. 294, para. 3-1051; Reglas de la CCI, Artículos 16 y 28(1).
[5] Apéndice V de las Reglas de la CPI (Reglas de emergencia), Artículo 1(5).
[6] Reglas de emergencia, Artículo 2(1).
[7] Reglas de la CCI, Artículo 29(2) y reglas de emergencia, Artículo 6(1) y (4).
[8] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 31, mejor. 192-194.
[9] Reglas de emergencia, Artículo 1(6).
[10] T. Webster, METRO. Bühler, Manual de arbitraje de la CCI: Comentarios y materiales (5el ed., 2021), para. 29-19; Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 6, para. 33; Reglas de la CCI, C. Sim, Arbitraje de emergencia (2021), pags. 230, para. 7.27; Artículo 28(1).
[11] C. Sim, Arbitraje de emergencia (2021), pags. 230, para. 7.28.
[12] T. Webster, METRO. Bühler, Manual de arbitraje de la CCI: Comentarios y materiales (5el ed., 2021), para. 29-70.
[13] Reglas de la CCI, Artículo 29(1).
[14] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 24, para. 148.
[15] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 4, para. 8.
[16] C. Sim, Arbitraje de emergencia (2021), pags. 233, para. 7.39.
[17] C. Sim, Arbitraje de emergencia (2021), pags. 233, para. 7.40.
[18] T. Webster, METRO. Bühler, Manual de arbitraje de la CCI: Comentarios y materiales (5el ed., 2021), para. 29-19.
[19] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 25, para. 152.
[20] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 25, para. 152.
[21] sol. Nacido, Arbitraje Comercial Internacional, (3Rd ed., 2021), pags. 23.
[22] C. Sim, Arbitraje de emergencia (2021), pags. 249, para. 7.99.
[23] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 25, para. 153.
[24] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 25, para. 152.
[25] T. Webster, METRO. Bühler, Manual de arbitraje de la CCI: Comentarios y materiales (5el ed., 2021), para. 29-19; Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 25, para. 151; C. Sim, Arbitraje de emergencia (2021), pags. 244, para. 7.81.
[26] T. Webster, METRO. Bühler, Manual de arbitraje de la CCI: Comentarios y materiales (5el edn, 2021), para. 28.27 (re); C. Sim, Arbitraje de emergencia (2021), pags. 244, para. 7.82.
[27] C. Sim, Arbitraje de emergencia (2021), pags. 244, para. 7.83.
[28] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 26, nota 108.
[29] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 26, nota 108.
[30] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 26, para. 158.
[31] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 26, para. 158.
[32] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 26, para. 160.
[33] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 26, para. 161.
[34] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 26, para. 161.
[35] Reglas de la CCI, Artículos 29(3) y 29(4); j. Freír, S. Greenberg, F. Mazza, La guía de la Secretaría para el arbitraje de la CPI (2012), pags. 305, para. 3-1088.
[36] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 27, para. 163.
[37] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 27, para. 165.
[38] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 25, para. 154.
[39] T. Webster, METRO. Bühler, Manual de arbitraje de la CCI: Comentarios y materiales (5el ed., 2021), para. 29-19; Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 25, para. 151.
[40] C. Sim, Arbitraje de emergencia (2021), pags. 257, para. 7.128 y P. 258, para. 7.131.
[41] C. Sim, Arbitraje de emergencia (2021), pags. 260, para. 7.138.
[42] C. Sim, Arbitraje de emergencia (2021), pags. 260, para. 7.138.
[43] Comisión de Arbitraje y ADR, Procedimientos de arbitraje de emergencia (abril 2019), Biblioteca de resolución de disputas de la CCI, pags. 27, para. 166.
[44] C. Sim, Arbitraje de emergencia (2021), pags. 233, para. 7.41.