En achmea,[1] el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se le pidió que evaluara la compatibilidad de la cláusula de resolución de disputas contenida en el TBI Países Bajos-República Eslovaca con la legislación de la UE. En marzo 2018, el TJUE sostuvo que la cláusula era incompatible debido a la amenaza que representaba la estructura constitucional y la autonomía del sistema legal de la UE. Además, se consideró incompatible con los principios de confianza mutua y cooperación sincera. Basado en este juicio, el Tribunal Federal de Justicia de Alemania anuló el laudo arbitral final en Achmea.
Después, en una serie de declaraciones publicadas en el sitio web de la Comisión Europea en enero 2019, todos 28 Los Estados miembros de la Unión Europea acordaron rescindir los TBI celebrados entre ellos por 6 diciembre 2019, para cumplir con la sentencia Achmea del TJUE.[2]
La mayoría de los Estados miembros también acordaron una variedad de compromisos., incluso para evitar que los arbitrajes entre inversores y Estados dentro de la UE se presenten incluso en virtud del TCE. Estados miembros comprometidos:
• que no se inicien nuevos arbitrajes de inversión dentro de la UE;
• tomar medidas en virtud de las leyes nacionales para retirar cualquier caso de arbitraje de inversión pendiente presentado por entidades controladas por el Estado miembro contra otro Estado miembro;
• evitar que los arbitrajes entre inversores y Estados dentro de la UE se presenten en virtud del TCE.[3] Los desarrollos futuros arrojarán más luz sobre cómo se implementará este compromiso para evitar que los arbitrajes entre inversionistas y estados se presenten en virtud del TCE.. Si bien este compromiso fue firmado por la mayoría de los Estados de la UE, Finlandia, Luxemburgo, Malta, Eslovenia, Suecia y Hungría se negaron a firmar este compromiso con respecto al TCE al señalar las conclusiones de los últimos tribunales de arbitraje de inversiones que Achmea no aplica, y firmó declaraciones separadas;[4]
• que las disposiciones de caducidad o exención que estipulan que las protecciones de inversión continúan por un período específico después de la terminación de un TBI no producen efectos; y
• solicitar a los tribunales de cualquier país que decida los procedimientos relacionados con un laudo arbitral dentro de la UE, ya sea para dejar de lado el laudo o negarse a ejecutar, debido a la falta de consentimiento válido para que la disputa se resuelva mediante arbitraje.[5]
A pesar de Achmea y las declaraciones, sin embargo, Hasta la fecha, la mayoría de los tribunales arbitrales realmente involucrados en arbitrajes dentro de la UE han adoptado una interpretación limitada de la sentencia Achmea o han eludido por completo el tema., como se muestra en las siguientes decisiones:
• En Antaris v República Checa,[6] el tribunal se negó a aplicar Achmea sobre la base de que la República Checa renunció a cualquier objeción sobre jurisdicción en su memorial de contestación que declara "la República Checa no persigue la objeción jurisdiccional articulada por la Comisión ante el Tribunal".
• En Masdar v España,[7] el tribunal basó su jurisdicción en el artículo 26 de la TEC, a pesar de las objeciones que sostienen el carácter de la disputa dentro de la UE, y rechazó la solicitud de España de reabrir el arbitraje después de Achmea, indicando que el "juicio de Achmea es simplemente silencioso sobre el tema del TCE".
• En Antin v España,[8] el tribunal se negó a reabrir el argumento de España sobre la jurisdicción basada en Achmea y concluyó que nada en el TCE sugiere que un "desarrollo en la legislación europea podría emplearse para socavar los consentimientos previos para someterse a arbitraje bajo el TCE otorgado por cada uno de los Estados miembros de la UE y la propia UE ".
• En Vattenfall v Alemania,[9] el tribunal arbitral rechazó a Achmea al considerar que el derecho de la UE no forma parte del derecho internacional general y que no debe anular el TCE. Sostuvo que la ley de la UE "no es una ley general aplicable como tal a la interpretación y aplicación de la cláusula de arbitraje en otro tratado como el TCE". Uno puede esperar que Vattenfall sea utilizado por futuros tribunales arbitrales., ya que aborda directamente el impacto de Achmea en el arbitraje ECT dentro de la UE de manera razonada.
• UP y CD Holding v Hungría[10] tribunal arbitral también rechazó las objeciones basadas en Achmea, y el tribunal sostuvo que "la decisión de Achmea no contiene ninguna referencia al Convenio del CIADI o al arbitraje del CIADI [y] no puede entenderse o interpretarse como crear o apoyar un argumento que, por su adhesión a la UE, Hungría ya no está obligada por el Convenio del CIADI ”.
• En Greentech v España,[11] el tribunal se hizo eco del razonamiento de Masdar sobre la jurisdicción y consideró que la ley de la UE no era relevante para su análisis jurisdiccional y que Achmea no podía transponerse al arbitraje inversor-Estado bajo el TCE;
• En infraestructura RREEF (G.P) Limitado y otro [12] la jurisdicción del tribunal también fue afirmada, a pesar de las objeciones de España dentro de la UE.
• En Novenergia v España,[13] España ha solicitado al Tribunal de Apelación de Svea en los procedimientos que anule el laudo Novernergia y solicite una resolución preliminar del TJUE sobre la compatibilidad del TCE con la legislación de la UE. En 17 Mayo 2018, el Tribunal de Svea aceptó la solicitud de suspensión de España y ordenó que el laudo arbitral no se ejecute hasta nuevo aviso.[14]
• En PL Holdings v Polonia,[15] Polonia desafió los premios invocando Achmea, pero el Tribunal de Apelación de Svea declaró que el laudo en cuestión involucraba cuestiones de incumplimiento de contrato y responsabilidad por compensación que las partes pudieron resolver, que podrían determinar los árbitros. Adicionalmente, descubrió que las objeciones jurisdiccionales de Polonia eran inoportunas.
A la luz de los anteriores, los tribunales arbitrales hasta la fecha ciertamente parecen sostener que Achmea no los priva de jurisdicción ni proporciona una base para reabrir los procedimientos o restringir los arbitrajes de TCE.
El juicio de Achmea,[16] Las recientes declaraciones europeas sobre políticas futuras, y la falta de claridad sobre las consecuencias legales de estas decisiones, crear considerable incertidumbre, sin embargo, con el riesgo principal de que los demandantes sean problemas de ejecución y dejen de lado los procedimientos (si el procedimiento se inicia sobre la base de las Reglas de la CNUDMI). Además, no es inverosímil que un futuro árbitro intente conciliar Achmea con el derecho internacional., ya que no existe un precedente vinculante en el arbitraje.
Si los arbitrajes de ECT dentro de la UE aún no se han iniciado o están pendientes, no está claro si los casos se verán afectados por 2019 Declaraciones de los Estados miembros y qué pasos, Si alguna, para evitar que se lleven a cabo arbitrajes entre inversores y Estados dentro de la UE en virtud del TCE.
Claramente, si los arbitrajes de TCE dentro de la UE se inician de conformidad con las Reglas de la CNUDMI o de conformidad con el Convenio del CIADI, La ejecución de premios en la UE está en peligro.[17] Recientemente, por ejemplo, El Tribunal de Distrito de Nacka en Suecia rechazó la ejecución del laudo CIADI obtenido por Miculas contra Rumania. El tribunal sostuvo que en ausencia de cualquier decisión del Tribunal de Justicia de la UE en contrario, La decisión de la Comisión Europea de que los pagos realizados de conformidad con el laudo constituirían ayudas estatales ilegales debe respetarse.[18]
Mientras que los inversores pueden seguir buscando la ejecución de premios fuera de la UE, como es el caso de Masdar, Premios Novenergia y Antin que son objeto de procedimientos de ejecución en el Distrito de Columbia,[19] y existe la posibilidad de que EE. UU.. Los tribunales no considerarán que la legislación de la UE sea relevante, queda por ver cómo Estados Unidos. Los tribunales realmente decidirán.
William Kirtley, christy chidiac, Aceris Law LLC
[1] República Eslovaca v Achmea B.V., Asunto C-284/16, 2018.
[2] Declaración de los representantes de los gobiernos de los Estados miembros de 15 enero 2019 sobre las consecuencias jurídicas de la sentencia del Tribunal de Justicia de Achmea y sobre la protección de las inversiones en la Unión Europea.
[3] El resto de los estados sostuvieron que la sentencia Achmea no menciona la cuestión del arbitraje dentro de la UE en virtud del TCE. (Finlandia, Luxemburgo, Malta, Eslovenia, Suecia, Hungría).
[4] Segunda declaración firmada 16 enero 2019 por Finlandia, Luxemburgo, Malta, Eslovenia y Suecia; Tercera declaración firmada 16 enero 2019 por Hungría.
[5] Paschalidis Pascua, Wojciech Sadowski, Países de la UE cancelarán TBI después de Achmea, 17 enero 2019.
[6] Antaris v República Checa, Número de caso de PCA. 2014-01 a 73.
[7] masdar solar & Cooperativa Eólica U.A.. v Reino de España, Caso CIADI No. ARB / 14/1 en 682.
[8] Antin Infrastructure Services Luxembourg SARL y Antin Energia Termosolar BV contra Reino de España, Caso CIADI No. ARB / 13/31 en 224.
[9] Vattenfall AB y otros contra República Federal de Alemania, Caso CIADI No. ARB / 12/12 en 133.
[10] UP an y C.D. v Hungría, Caso CIADI No. ARB / 13/35 en 258.
[11] Greentech Energy Systems A / S, Foresight Luxemborg Solar 1 SARL, Prospectiva Luxemburgo Solar 2 SARL, GWM Renewable Energy I SPA y GWM Renewable Energy II SPA v Reino de España, SCC Arbitration V 2015/150 a 218-221.
[12] Infraestructura RREEF (G.P.) Infraestructura paneuropea limitada y RREEF Two Lux SARL, Caso CIADI No. ARB / 13/30 en 88-90.
[13] Novenergia II - Energía & Medio ambiente (SCA) (Gran Ducado de Luxemburgo), SICAR v El Reino de España, Caso SCC No. 2015/063.
[14] Novenergia 2 – Energía& Medio ambiente (SCA) v El reino de España, Demandado del Memorando de Derecho del Reino de España en apoyo de la moción para desestimar y denegar la petición de confirmar el laudo arbitral extranjero, No. 1:18-cv-1148, 16 octubre 2018 que VI.
[15] PL Holdings v Polonia, Caso SCC No. 2014-163; Tribunal de Apelación de Svea, 22 febrero 2019 (T8538-17) a 5.2.3.
[16] República Eslovaca v Achmea B.V., Asunto C-284/16, 2018.
[17] Dahlquist Joel, La corte sueca declina hacer cumplir un laudo del CIADI, pero por motivos de la legislación de la UE sin abordar la cuestión de la validez posterior a Achmea de los TBI intracomunitarios, Reportero de Arbitraje de Inversión 5 febrero 2019; Nikos Lavrakos, Un nuevo caso tipo Micula en el horizonte? 25 enero 2018 Blog de arbitraje de derecho práctico; Paschalidis Pascua, Wojciech Sadowski, Países de la UE cancelarán TBI después de Achmea, 17 enero 2019, Wojciech Sadowski predice un "retroceso" de los inversores internacionales, especialmente con respecto a los casos de TCE e CIADI.
[18] Micula v Rumania, No caso. 2550-17.[19] Masdar & Wind Cooperatif UA v Reino de España: Petición para hacer cumplir el laudo arbitral en los EE. UU.. Tribunal de Distrito de Columbia 28 septiembre 2018; Servicios de infraestructura Luxemburgo SARL (anteriormente Infraestructura Antin) y Energía Termosolar BV (anteriormente Antin Energia Termosolar BV) v Reino de España: Petición para hacer cumplir el laudo arbitral en los EE. UU.. Tribunal de Distrito de Columbia 27 julio 2018; Novenergia II-Energía & Medio ambiente (SCA) v Reino de España: Petición para hacer cumplir el laudo arbitral en los EE. UU.. Tribunal de Distrito de Columbia 16 octubre 2018.