Es común encontrar requisitos previos al arbitraje en los acuerdos de arbitraje internacional..[1] Cumplimiento de estos requisitos procesales, incluido en cláusulas de resolución de disputas de varios niveles, suele ser un requisito previo para el inicio de un procedimiento de arbitraje.[2]
La intención subyacente de estos requisitos es garantizar que las partes en disputa hagan esfuerzos genuinos para resolver amistosamente sus problemas antes de recurrir a costosos procedimientos legales.. Al ordenar este paso preliminar, la aspiración es fomentar resoluciones más amistosas.
Los requisitos procesales previos al arbitraje más comunes son la negociación., mediación o consulta. Recurrir a un tablero de disputas También se requiere en muchos contratos de construcción..
Por ejemplo, para requerir la mediación bajo las Reglas de Mediación de la CCI antes de iniciar el arbitraje, la Cámara de Comercio Internacional recomienda la siguiente disposición, que puede insertarse directamente en un contrato comercial:
En caso de cualquier disputa que surja de o en relación con el presente contrato, las partes primero remitirán la disputa a los procedimientos bajo las Reglas de Mediación de la CPI. Si la disputa no se ha resuelto de conformidad con dichas Reglas dentro de 45 días después de la presentación de una Solicitud de Mediación o dentro de cualquier otro período que las partes acuerden por escrito, Dicha disputa será resuelta finalmente de conformidad con las Reglas de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional por uno o más árbitros designados de acuerdo con dichas Reglas de Arbitraje.
Si bien en general es prudente cumplir con los requisitos previos al arbitraje, en la práctica, los partidos a menudo no lo hacen. Los tribunales han adoptado diferentes enfoques para determinar si los requisitos previos al arbitraje son obligatorios..
Requisitos previos al arbitraje: Obligatorio o no?
Los principales problemas respecto de los requisitos prearbitrales surgen de la interpretación de la cláusula que los define. En muchas leyes se entiende que si no se utiliza un lenguaje claro, Los requisitos procesales pueden entenderse como meramente aspiracionales y no vinculantes..
La redacción de las cláusulas que definen los requisitos prearbitrajes es base para cuestionar el cumplimiento obligatorio. Como era de esperar, los tribunales han sostenido que las palabras utilizadas en tales cláusulas son esenciales. Es más probable que se entienda como vinculante el uso de la palabra “deberá” que una redacción diferente., como "puede" o "puede".[3]
además, Incluir un plazo para el requisito previo al arbitraje previsto aumentará la probabilidad de que se considere vinculante., como se sostuvo en el caso de la CPI 9812.[4] Por lo tanto, al redactar un contrato, Las partes deben tener cuidado de no dejar la disposición abierta a interpretación., usando frases generales como “negociar de buena fe”sin límites de tiempo obligatorios.[5]
Si las partes acuerdan la mediación como requisito previo al arbitraje, Deben nombrar la institución o mediador previsto.. Al hacerlo, lo más probable es que la disposición se considere obligatoria, y también facilitará la selección del mediador en caso de que surja una disputa..
El carácter de los requisitos previos al arbitraje
En el contexto de la caracterización de los requisitos prearbitrales, los tribunales han emitido diversos fallos, encontrar que los requisitos previos al arbitraje son una cuestión de naturaleza “jurisdiccional”, una cuestión de “admisibilidad”, o una cuestión de naturaleza “procesal”. Esto hace inciertos los efectos del incumplimiento de los requisitos previos al arbitraje..[6]
La posición del derecho inglés a este respecto parece estar zanjada: el cumplimiento de los procedimientos previos al arbitraje es cuestión de admisibilidad. Esta postura se desprende de recientes sentencias del Tribunal Superior inglés., como NWA & Anor contra NVF & antepasados [2021] EWHC 2666 (Comunicación). Otras jurisdicciones, sin embargo, tienen opiniones divergentes sobre este asunto.
Independientemente, Es probable que se tenga en cuenta la intención de las partes al decidir si los requisitos previos al arbitraje son obligatorios.. Si de la intención de las partes se desprende que no se constituirá ninguna autoridad antes de que se cumplan las condiciones, Los requisitos pueden considerarse “jurisdiccionales”..[7] De otra manera, es más probable que se consideren una cuestión de “admisibilidad”.
La incertidumbre en la caracterización de la obligatoriedad de los requisitos prearbitrajes impacta las consecuencias del incumplimiento, que puede dar lugar a una sanción, una suspensión del procedimiento, o la desestimación de una reclamación.[8] Si se determina que los requisitos previos al arbitraje son de naturaleza jurisdiccional, sin embargo, El incumplimiento de los requisitos previos al arbitraje también puede poner en duda la aplicabilidad de un laudo arbitral que finalmente se dicta..
Conclusión
La naturaleza obligatoria de los requisitos previos al arbitraje depende en gran medida de la redacción precisa de la cláusula., la intención de las partes, y la jurisdicción en cuestión. Como tal, las partes deben redactar con claridad, plenamente conscientes de las implicaciones de la frase elegida. Al hacerlo, Garantizan no sólo la validez de sus acuerdos sino que también establecen un camino claro a seguir para cualquier posible resolución de disputas..
[1] re. Carón, S. chillón, UNA. Cohen Sad, mi. Triantafilou, Practicar la virtud dentro del arbitraje internacional, Capítulo 14, sol. Nacido, METRO. scečic, Requisitos procesales previos al arbitraje 'Un pantano deprimente', (prensa de la Universidad de Oxford, 2015), pags. 227.
[2] sol. Nacido, Arbitraje Comercial Internacional (3rd ed., 2021), Capítulo 5, pags. 916.
[3] re. Jiménez Figueres, Cláusulas de resolución de disputas de múltiples niveles en el arbitraje de la CCI (2003), pags. 3.
[4] re. Carón, S. chillón, UNA. Cohen Sad, mi. Triantafilou, Practicar la virtud dentro del arbitraje internacional, Capítulo 14, sol. Nacido, METRO. scečic, Requisitos procesales previos al arbitraje 'Un pantano deprimente', (prensa de la Universidad de Oxford, 2015), pags. 238.
[5] sol. Nacido, Arbitraje Comercial Internacional (3rd ed., 2021), Capítulo 5, pags. 919
[6] re. Carón, S. chillón, UNA. Cohen Sad, mi. Triantafilou, Practicar la virtud dentro del arbitraje internacional, Capítulo 14, sol. Nacido, METRO. scečic, Requisitos procesales previos al arbitraje 'Un pantano deprimente', (prensa de la Universidad de Oxford, 2015), pags. 243.
[7] re. Carón, S. chillón, UNA. Cohen Sad, mi. Triantafilou, Practicar la virtud dentro del arbitraje internacional, Capítulo 14, sol. Nacido, METRO. scečic, Requisitos procesales previos al arbitraje 'Un pantano deprimente', (prensa de la Universidad de Oxford, 2015), pags. 246.
[8] k. Howard, Incumplimiento de requisito previo al arbitraje para mediar en una cuestión de admisibilidad, no jurisdicción (2021).