La doctrina de la inmunidad soberana se remonta a las primeras teorías de derecho internacional. Tradicionalmente, La inmunidad soberana se consideraba absoluta, lo que significa que los estados no podrían ser demandados bajo ninguna circunstancia. sin embargo, A medida que se expandió las relaciones internacionales y la participación estatal en el comercio, muchos países, incluyendo Suiza, adoptó un enfoque restrictivo. Esta distinción permite acciones legales contra los estados en circunstancias específicas..
Principio de inmunidad soberana
La inmunidad soberana es un principio fundamental del derecho internacional que protege a los estados y sus entidades de procedimientos legales en tribunales extranjeros. Arraigado en la soberanía estatal, evita que un estado sea sometido a la jurisdicción de otro sin consentimiento, Asegurar que los gobiernos operen sin amenazas de litigio constantes.
La inmunidad soberana consiste en:
- Inmunidad de la jurisdicción, que permite que un estado evite ser procesado en un tribunal extranjero.
- Inmunidad de la ejecución, que permite que un estado evite las acciones de cumplimiento contra sus activos y propiedades.
Según la Corte Suprema Swiss Federal, Un estado puede invocar la inmunidad de la jurisdicción legal exclusivamente por las acciones realizadas mientras ejerce la autoridad estatal. Por otra parte, La Corte Suprema definió ciertas condiciones bajo las cuales se pueden imponer medidas obligatorias contra un estado extranjero (inmunidad de ejecución).[1]
además, Un estado puede optar por renunciar a su inmunidad con respecto a la jurisdicción y la ejecución. Para que la renuncia de la inmunidad sea considerada válida, El Estado debe permitir explícitamente que los tribunales suizos ejerceran jurisdicción sobre la disputa o que se apoderen de la propiedad o los activos para fines oficiales.[2]
El enfoque de Suiza a la inmunidad soberana
Suiza sigue la teoría restrictiva de la inmunidad soberana, Distinguir entre actos realizados en el ejercicio de la autoridad soberana (Jural Jural Imperio) y los realizados en una capacidad privada o comercial (Informe de revista). Esto significa que, si bien los estados permanecen inmunes a las demandas sobre los actos soberanos, Se pueden responsabilizar por las transacciones comerciales y otras actividades de la ley privada..[3]
Por lo tanto, para presentar un reclamo contra un estado, El demandante debe demostrar que el estado actuó en una capacidad privada y que la transacción está suficientemente conectada a Suiza. Al distinguir entre actos de derecho de gobierno y actos de el derecho de la gestión, El juez se centrará en la naturaleza de tales actos que en base a su propósito. Por lo tanto, Es esencial determinar si el acto viene dentro de la competencia del poder público o se asemeja a un acto que cualquier individuo podría realizar.[4]
Marco legal
No existe una legislación específica sobre la inmunidad soberana en Suiza. sin embargo, La postura de Suiza sobre la inmunidad soberana se rige principalmente por:
- Convenciones internacionales: Suiza es una parte de los acuerdos internacionales que influyen en su enfoque de la inmunidad soberana, incluyendo el 1972 Convención europea sobre inmunidad estatal, la 1972 Protocolo adicional, y el 2004 Convención de la ONU sobre inmunidades jurisdiccionales de los estados y su propiedad (todavía no está en vigor). Cabe señalar que Suiza tiene la intención de denunciar el 1972 Convención europea una vez que la Convención de la ONU entra en vigor.
- Jurisprudencia: Tribunales suizos, Especialmente la Corte Suprema federal suiza, han jugado un papel importante en la configuración de la interpretación de la inmunidad soberana a través de la jurisprudencia. Uno de los casos históricos que involucran inmunidad soberana en Suiza fue Reino de Grecia V. Julius lleva & Co. En su decision, El Tribunal Federal rechazó la afirmación de que la inmunidad de la ejecución de un soberano extranjero debería ser absoluta, Reafirmando así el enfoque de Suiza a la inmunidad soberana.[5]
Aplicación
Los tribunales generalmente interpretan la celebración de un acuerdo de arbitraje como una exención de la inmunidad de un estado por jurisdicción. sin embargo, Las opiniones están más divididas sobre si también constituye una renuncia a la inmunidad de la aplicación.. La opinión más probable es que no, a menos que las acciones concluyentes adicionales demuestren lo contrario.
sin embargo, Los tribunales suizos han establecido tres criterios para determinar la ausencia de inmunidad de la aplicación:[6]
- El estado extranjero debe haber actuado en una capacidad privada (el derecho de la gestión);
- Debe existir una conexión suficiente entre la transacción subyacente que da lugar al reclamo y Suiza. Simplemente sosteniendo activos en Suiza o asentando al Tribunal Arbitral, por sí mismo, Establecer tal conexión;[7] y
- Los activos sujetos a la aplicación deben cumplir con funciones fuera de los deberes de la autoridad pública del estado extranjero, como artículo 92(1) de la Ley de cobro de deudas y bancarrota protege a dichos activos de la aplicación.[8]
16 enero 2025 Decisión
en un decisión histórica, entregado en 16 enero 2025, El tribunal federal suizo dictaminó que un estado puede confiar en la inmunidad soberana para defenderse de una solicitud de nombramiento de un árbitro en un para Arbitraje sentado fuera de Suiza.[9]
El fallo parece estar vinculado a disputas de larga data derivadas de los acuerdos petroleros de los años setenta entre Israel e Irán. A través de una entidad suiza, PISCINA, Israel había asegurado suministros de petróleo de la NIOC estatal de Irán. sin embargo, la 1979 La revolución iraní interrumpió estos tratos, conduciendo a múltiples arbitrajes sobre facturas no remuneradas y estacas de propiedad en empresas conjuntas.[10]
Nombramiento de un problema del árbitro
El último caso parece involucrar el intento de NIOC de llevar a Israel a un arbitraje iniciado por el grupo en 2019. NIOC buscó que los tribunales suizos confirmen el nombramiento de un árbitro en nombre de la piscina e Israel. Un tribunal suizo más bajo dictaminó inicialmente contra el reclamo de Israel de inmunidad soberana, permitiendo que el arbitraje continúe. sin embargo, Israel apeló al tribunal federal suizo, que revocó la decisión.
Mientras que las decisiones de designar árbitros generalmente no son apelables, El tribunal permitió la apelación de Israel debido a las circunstancias únicas, particularmente, El escaño extranjero del arbitraje y el reclamo de inmunidad soberana del estado. Por consiguiente, El tribunal determinó que Israel no había renunciado a su inmunidad y que el tribunal inferior debería haber abordado esta defensa antes de continuar. La excepción a la inmunidad soberana en los procedimientos arbitral no se aplicó, Como Israel nunca había firmado el acuerdo de arbitraje.[11]
Implicaciones de la decisión
Este fallo refuerza el principio de que los estados soberanos no pueden verse obligados a arbitrar sin consentimiento explícito. Adicionalmente, subraya los desafíos de hacer cumplir los acuerdos de arbitraje contra los estados, particularmente en disputas políticamente sensibles.
Conclusión
El enfoque de Suiza a la inmunidad soberana refleja una perspectiva equilibrada, Protección de la soberanía de los estados al tiempo que garantiza la responsabilidad en los asuntos comerciales y laborales. Adoptando la teoría restrictiva, La ley suiza proporciona un recurso legal en casos en que los estados extranjeros participan en actividades no soberanas.
[1] Inmunidad estatal, disponible en: https://www.eda.admin.ch/eda/en/home/foreign-policy/international-law/privileges-and-immunities/state-immunity.html.
[2] Inmunidad estatal, disponible en: https://www.eda.admin.ch/eda/en/home/foreign-policy/international-law/privileges-and-immunities/state-immunity.html.
[3] S. Giroud, Inmunidad soberana en Suiza (20 marzo 2019), disponible en: https://www.lexology.com/library/detail.aspx?g=fb57b391-85c1-41b6-83d1-34b4a26bcca7.
[4] Inmunidad de un estado extranjero, disponible en: https://www.eda.admin.ch/missions/mission-onu-geneve/en/home/manual-regime-privileges-and-immunities/introduction/manual-immunity/immunity-state.html.
[5] UNA. Reinisch, Práctica del Tribunal Europeo sobre la inmunidad estatal de las medidas de cumplimiento, La revista europea de derecho internacional vol vol. 17 (2006).
[6] ATF 134 tercero 122.
[7] ATF 5A_261/2009; ATF 5A_469/2022.
[8] ATF 5A_681/2011.
[9] 4A_163/2023, 4A_490/2023.
[10] re. charlotín, El Tribunal Federal suizo descubre que el estado puede confiar en su inmunidad soberana para resistir la solicitud de nombrar árbitro en su nombre (20 febrero 2025), disponible en: https://www.iareporter.com/articles/swiss-federal-tribunal-finds-that-state-can-rely-on-its-sovereign-immunity-to-resist-request-to-appoint-arbitrator-on-its-behalf/.
[11] re. charlotín, El Tribunal Federal suizo descubre que el estado puede confiar en su inmunidad soberana para resistir la solicitud de nombrar árbitro en su nombre (20 febrero 2025), disponible en: https://www.iareporter.com/articles/swiss-federal-tribunal-finds-that-state-can-rely-on-its-sovereign-immunity-to-resist-request-to-appoint-arbitrator-on-its-behalf/.