Se encontraron exitosas reconvenciones estatales en el arbitraje inversor-Estado en 7 febrero 2017. Las reconvenciones fueron presentadas por Ecuador en respuesta a las reclamaciones de Burlington Resources Inc, un inversor extranjero con sede en EE. UU..
En sus contrademandas, Ecuador alegó incumplimiento de su ley ambiental nacional por parte de Burlington Resources e incumplimiento de obligaciones contractuales y solicitó USD 2.8 mil millones en compensación.
El tribunal arbitral falló a favor de Ecuador, ordenar al inversionista extranjero que pague USD 41.7 millones para el estado, mucho menos de lo solicitado, pero lo suficiente como para detener a los inversores extranjeros que estén considerando el arbitraje inversor-Estado.
El tribunal primero dictaminó que el 2008 Constitución ecuatoriana, Establecer un régimen estricto de responsabilidad por daños ambientales, no se aplicó retroactivamente. Antes de 2008, la ley se basaba en fallas y, por lo tanto, era más flexible ya que una parte podía demostrar que no tenía la culpa sino que estaba tratando de evitar daños. En 2002, se había considerado que Burlington no podía ser considerado responsable si existía un caso de fuerza mayor o daño causado por un tercero. El tribunal dictaminó además que las contrademandas no tenían plazo, como alega Burlington, y que Burlington tuvo la carga de probar la ausencia del daño reclamado por Ecuador.
Luego, el tribunal procedió a un análisis exhaustivo del significado legal de la noción de daño ambiental según la legislación ecuatoriana nacional.. Más precisamente, La cuestión examinada fue si el daño tenía que ser evaluado con respecto a las regulaciones nacionales o las consideraciones naturales (sus "valores de fondo naturales"), significado sin intervención humana. El tribunal falló a favor de esta última opinión en apoyo de los argumentos de Ecuador.. Este hallazgo tuvo un impacto significativo ya que Ecuador reclamaba USD 2.5 miles de millones de costos para restaurar los campos petroleros a sus valores de fondo. En su fallo, El tribunal también determinó que el Demandante era responsable de la contaminación del suelo en algunas ciudades debido a la mala construcción de pozos de lodo., Además de la gran presencia de productos químicos que se encuentran en las aguas subterráneas.
Después de encontrar una violación de las obligaciones de Burlington, el tribunal ordenó USD 41.7 millones a pagar en compensación a Ecuador, con simple interés. Esta cantidad incluye USD 39.2 millones para remediación en cada sitio - considerado como una compensación mínima por daños ambientales, y USD 2.5 millones por incumplimiento del Demandante de sus obligaciones de mantenimiento y devolución de infraestructura.
Junto a este caso, Hay otros dos arbitrajes petroleros de alto riesgo pendientes contra Ecuador que también se refieren al daño ambiental en la selva amazónica ecuatoriana., a saber, Perenco v. Ecuador y el Chevron / TexPet v. Casos ecuatorianos.
- Aurelia Ascolí, Ley Aceris SARL