La tributación de daños y perjuicios en los laudos arbitrales internacionales debe ser una consideración importante para cualquier parte involucrada en una disputa arbitrable.. Según Keller y Leikin, la obligación tributaria promedio en casos escuchados ante tribunales establecidos bajo el Convenio Internacional para Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (el “CIADI”) es un USD deslumbrante 16-38.5 millón.[1] sin embargo, Con frecuencia se pasa por alto la cuestión de los impuestos. Esta nota proporciona una visión general de los principales elementos a considerar en relación con la tributación de los laudos arbitrales internacionales..
Impactos de los impuestos
El principio general para el cálculo de los daños se remonta al caso fundamental de Fábrica en Chorzów en el que un tribunal decidió que “la reparación debe, tan lejos como sea posible, borrar todas las consecuencias del acto ilegal y restablecer la situación que, sin duda, habría existido si ese acto no se hubiera cometido."[2] A esto a veces se le llama la doctrina de “compensación total".
sin embargo, en el cálculo de los daños necesarios para lograr una compensación completa, Es vital tener en cuenta los impactos de los impuestos.. Si, por ejemplo, los daños se calculan con referencia a cifras netas de impuestos, como ganancias, y la parte ganadora tiene que pagar impuestos sobre un laudo dictado a su favor, el valor total que reciba será como si hubiera pagado sus impuestos dos veces. Esto claramente no alcanza la compensación total a la que tiene derecho..
Tasas de impuestos
La tasa impositiva aplicable a los daños en laudos arbitrales internacionales depende en gran medida de las jurisdicciones involucradas.. Típicamente, la tasa aplicable dependerá del estado legal de la pérdida subyacente que se está compensando.
ganancias perdidas, por ejemplo, podría estar sujeto a impuestos como ingreso. La tributación por otras pérdidas corre el riesgo de ser considerada un impuesto a las ganancias de capital.. en el reino unido, la decisión en Zim Properties Ltd contra Proctor estableció que un derecho a emprender acciones u obtener una compensación puede ser un activo a efectos fiscales.[3] Esto ha sido desde entonces reconocido por HMRC,[4] y significa que cualquier daño puede estar sujeto a un impuesto a las ganancias de capital en lugar de un impuesto a la renta, dependiendo de las circunstancias y de la fuente subyacente de la compensación.[5]
Por último, Esta es una cuestión de las jurisdicciones involucradas y los hechos subyacentes del caso en cuestión..
Contabilidad de impuestos
Una forma de contabilizar los impuestos es calcular los daños extraídos de los impuestos.. Por ejemplo, si una parte ha incurrido en USD 1 millones en pérdidas pero enfrenta una 30% obligación tributaria sobre el monto total, la "asqueado“La reclamación por daños sería por USD 1.43 millón, asegurando así un USD 1 adjudicación neta de millones.
sin embargo, en disputas que surgen de transacciones internacionales complejas que involucran varios regímenes fiscales y entidades incorporadas en diferentes jurisdicciones, El enfoque de sacar provecho puede ser más fácil de decir que de hacer.. También es el reclamante quien tiene la carga de la prueba de demostrar que ha incorporado los impuestos de forma precisa y justa en sus reclamaciones..
En las controversias entre inversores y Estados, Es poco probable que estos enfoques de engrandecimiento tengan éxito.. Por ejemplo, un tribunal del CIADI en móvil v. Canadá afirmó que era “No tener conocimiento de un requisito según el derecho internacional de aumentar la compensación como resultado de consideraciones fiscales.."[6] En servidor v. Polonia, un tribunal de la CNUDMI desestimó por completo una reclamación exagerada en un solo párrafo, determinando que esto era más bien un asunto que correspondía a las autoridades fiscales de los Estados involucrados.[7]
Sea como fuere, Hay situaciones en las que un tribunal ordenará al Estado demandado que evite recaudar impuestos sobre un laudo otorgado a un inversionista.. En Chevron v. Ecuador, por ejemplo, un tribunal de la CPA determinó que el Estado demandado había acordado no imponer impuestos sobre el laudo y, por lo tanto, los daños podían calcularse sobre una base simple neta de impuestos.[8] En Siemens vs.. Argentina, en ausencia de tal acuerdo por parte del Estado demandado, un tribunal del CIADI ordenó a Argentina pagar daños y perjuicios netos de impuestos,[9] aunque este enfoque no se ha seguido consistentemente.[10]
Impuesto doble
También hay que tener cuidado para evitar la doble imposición de los laudos arbitrales internacionales.. Una forma de lograrlo es buscando acuerdos de doble imposición entre los estados relevantes..
En Glencore International AG, Se requirió que el Tribunal Superior de Nueva Delhi determinara el estado de los daños pagados al demandante., una empresa suiza, tras un laudo arbitral internacional.[11] Específicamente, la cuestión ante el tribunal era si la indemnización era una forma de ingreso o una ganancia inesperada. Si fue una ganancia inesperada, caería bajo Artículo 22.3 del acuerdo de doble imposición entre India y Suiza, y sólo estaría sujeto a impuestos en la India.[12] Por otra parte, si no fuera, entonces sería una forma de renta imponible exclusivamente en Suiza según el artículo 22.1 del mismo.[13] El tribunal consideró que era lo último., y se condenó a la demandada a pagar a la demandante una cantidad neta de impuestos a la luz del convenio de doble imposición.[14]
Conclusión
La tributación de los laudos arbitrales internacionales es un tema matizado y dependiente de la jurisdicción. Las partes que deseen recibir una compensación completa por los daños en los que han incurrido deben tener en cuenta el posible estado fiscal de cualquier indemnización por daños.. Para mitigar el impacto de los impuestos, las partes pueden aumentar sus cálculos de daños o, en arbitrajes inversionista-Estado, solicitar al tribunal una orden que impida al Estado demandado imponer impuestos sobre el laudo. Las partes también deberían tener cuidado de evitar la doble imposición.. Dadas las posibles cantidades involucradas, Es fundamental contabilizar con precisión los impuestos sobre los laudos arbitrales internacionales..
[1] METRO. Keller y E.. los juegos, Un esfuerzo agotador: Abordar las consecuencias fiscales de los laudos arbitrales de inversión, 37(2) Revista de Arbitraje Internacional 191, pags. 195.
[2] Caso relativo a la fábrica de Chorzów, PCIJ Serie A. No 17, Sentencia de fondo, 13 septiembre 1928, pags. 47 (énfasis añadido).
[3] Zim Properties Ltd contra Proctor [1985] STC 90.
[4] Concesión extraestatutaria de ingresos y aduanas de Su Majestad, D33.
[5] Concesiones extraestatutarias de ingresos y aduanas de Su Majestad, D33.
[6] Mobil Investments Canadá Inc. v. Canadá, Caso CIADI No. BRA(DE)/07/4, Decisión sobre responsabilidad y principios de Quantum, 22 Mayo 2012, para. 485.
[7] Laboratorios Servier, SAS. v. República de polonia, CNUDMI, Premio, 14 febrero 2012, para. 666.
[8] Corporación Chevron contra. La república del ecuador, Número de caso de PCA. 2007-02/AA277, Premio final, 31 agosto 2011, para. 352.
[9] Siemens AG. v. La república argentina, Caso CIADI No. ARB/02/08, Premio, 6 febrero 2007, para. 403(11).
[10] METRO. Keller y E.. los juegos, Un esfuerzo agotador: Abordar las consecuencias fiscales de los laudos arbitrales de inversión, 37(2) Revista de Arbitraje Internacional 191, pags. 200.
[11] Glencore International AG contra Dalmia Cement (India) Limitado (2019) Ex.Appl.(SO) Nos.1216-17/2015, mejor. 1, 4.
[12] Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal con la Confederación Suiza, eficaz 29 diciembre 1994, Artículo 22.3.
[13] Convenio para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal con la Confederación Suiza, eficaz 29 diciembre 1994, Artículo 22.1.
[14] Glencore International AG contra Dalmia Cement (India) Limitado (2019) Ex.Appl.(SO) Nos.1216-17/2015, para. 18.