Transparencia en el arbitraje de inversiones: Entrada en vigor de la Convención de Mauricio
En 18 abril 2017 Suiza se convirtió en el tercer Estado miembro de la ONU en ratificar el 2015 Convención de las Naciones Unidas sobre Transparencia en el Arbitraje Inversionista-Estado basado en tratados ("La Convención de Mauricio"). La Convención de Mauricio reafirmó la 2014 Reglas de la CNUDMI sobre transparencia en el arbitraje inversionista-estado basado en tratados (Reglas de la CNUDMI), y extendió su aplicabilidad a todos los nuevos arbitrajes de inversión (CIADI, SCC, CNUDMI etc.).
De acuerdo con el artículo 9, la Convención entraría en vigor seis meses después de la tercera ratificación de los Estados miembros de la ONU. Por lo tanto, Tras la ratificación de Suiza, las Reglas de la CNUDMI se aplicarán a todos los arbitrajes de inversión basados en tratados registrados después de 18 octubre 2017.
La iniciativa de transparencia en el arbitraje de inversiones surgió inicialmente como una respuesta a la reacción contra el arbitraje de inversiones., a saber, el argumento de que intereses estatales importantes, no puede ser adjudicado en privado. Las Reglas de la CNUDMI incorporaron disposiciones de procedimiento, que intentan hacer que los arbitrajes de inversión sean más accesibles al público (publicación de documentos de arbitraje, acceso a audiencias, amigo del tribunal presentaciones, etc.). [vea nuestro informe anterior sobre las reglas] Tomado como un conjunto, podrían alterar drásticamente una característica tradicional del arbitraje de inversiones, confidencialidad.
sin embargo, si las Reglas de la CNUDMI pueden introducir transparencia en el arbitraje de inversiones y abordar el problema proclamado, es incierto. En efecto, una serie de características insinúan que esto podría haber sido extravagante, pero más bien hueco, movimiento político. primero, Las Reglas de la CNUDMI se aplican solo a los arbitrajes de inversión basados en tratados, excluyendo aquellos bajo leyes o contratos nacionales. Segundo, varias disposiciones ampliamente redactadas aseguran que las partes aún puedan excluir "confidencial o protegido"Información del público.
Adicionalmente, aunque inicialmente entusiasta, Los Estados parecen no estar dispuestos a participar en la Convención de Mauricio. Tras la ratificación de Suiza, solo tres Estados son ahora partidos completos (Mauricio, Suiza y Canadá), mientras que dieciocho siguen siendo simples signatarios.
De acuerdo con el artículo 2(2) de la Convención de Mauricio, que se refiere a la oferta unilateral de aplicación de las Reglas de la CNUDMI ("[en arbitrajes de inversión] donde el demandado es una Parte que no ha hecho una reserva relevante para ese arbitraje inversor-Estado en virtud del artículo 3(1), y el reclamante acepta la aplicación de las Reglas de la CNUDMI sobre Transparencia "). A la luz de esta, Será interesante observar si las partes estarán dispuestas a aplicar la Convención de Mauricio y hasta qué punto estarán dispuestas a aplicarla, e introducir transparencia en el arbitraje de inversiones..
- Andrian Beregoi, Bufete de abogados de arbitraje de inversión Aceris