La validez de las cláusulas de arbitraje de apelación se ha confirmado en India. En algunas cláusulas de arbitraje, las partes pueden optar por recurrir a cláusulas de arbitraje de apelación que prevean un mecanismo de apelación con respecto a un laudo para corregir errores. Mientras se prolonga la duración del arbitraje, a veces se desean estas cláusulas ya que los laudos arbitrales no pueden ser revisados judicialmente sobre el fondo.[1]
Recientemente se emitió una nueva decisión en India, reconociendo la validez de estas cláusulas. En 15 diciembre 2016, la Corte Suprema de India falló a favor de la validez legal de las cláusulas de arbitraje de apelación bajo el 1996 Actuar en el caso de Minerales Centrotrade & Metal Inc. v. Hindustan Copper Ltd., Apelación civil no. 2562 de 2006.
En este caso, aunque el arbitraje de primera instancia se regió por las Reglas de Arbitraje del Consejo de Arbitraje de la India ("Reglas ICA"), el derecho de apelar, según lo dispuesto en el acuerdo de arbitraje, se regía por las Reglas de la CPI.
El tribunal arbitral dictaminó un laudo a favor de Hindustan Cooper Ltd, que Centrotrade decidió apelar. El tribunal de apelaciones luego revisó el laudo y se encontró a favor de Centrotrade.. A la luz de esta nueva decisión, Hindustan Cooper Ltd impugnó la cuestión de la validez de la apelación ante la Corte Suprema de India.
La Corte Suprema de India rechazó la impugnación y confirmó la validez de la cláusula de apelación.. Al hacerlo, la Corte Suprema dejó en claro que había una diferencia entre un derecho legal y un derecho legal de apelar. En el caso presente, ya que las partes aceptaron directamente la apelación por acuerdo, El mecanismo de apelación de arbitraje calificado como un derecho legal. La Corte Suprema también sostuvo que el 1996 La ley permite a las partes acordar tal derecho de apelación.
sin embargo, el caso no pudo abordar algunos problemas relacionados, entre los cuales hay que destacar uno en particular. A saber, la Corte Suprema permaneció en silencio sobre la cuestión de si los tribunales indios tendrían jurisdicción sobre los procedimientos de anulación o ejecución del laudo en espera de su revisión en apelación. Los comentaristas han argumentado que esto no debería permitirse, ya que iría en contra de los principios de economía y eficiencia judicial cuando las partes hayan acordado una cláusula de arbitraje de apelación..
[1] Gary nacido, Arbitraje internacional: Ley y práctica a 8, Kluwer Law Int’l 2012.