La fecha de valuación de una inversión expropiada representa un factor crucial para evaluar el monto de la compensación que se pagará en los arbitrajes entre inversionistas y Estados, ya que el valor de las inversiones puede cambiar dramáticamente en el transcurso del tiempo.
Los tribunales arbitrales son muy conscientes de que el valor de las inversiones cambia con el tiempo.. Por ejemplo, el Tribunal de Reclamaciones Irán-Estados Unidos sostuvo que "[t]La elección de la fecha de toma no carece de importancia porque el valor del interés expropiado del accionista puede cambiar drásticamente durante el tiempo circundante ".[1]
La determinación de la fecha de valoración correcta depende de la naturaleza del evento que da lugar a la responsabilidad internacional del Estado anfitrión.. Es bastante común que los tribunales de arbitraje de inversiones sigan diferentes métodos de valoración en casos de expropiación y en casos de no expropiación (es decir, violaciones de otras disposiciones del tratado, como el estándar de protección y seguridad total, el estándar de trato justo y equitativo, etc.).
En caso de expropiación de una inversión., La determinación de la fecha de valoración de las inversiones expropiadas también depende de la naturaleza de la expropiación en sí.. Por lo tanto, se debe hacer una distinción entre expropiaciones legales e ilegales.
Fecha de valoración en caso de expropiación legal
Sobre expropiaciones legales (Los Estados tienen derecho a expropiar las inversiones extranjeras en virtud del derecho internacional., siempre que sea rápido, se paga una indemnización adecuada y efectiva), la mayoría de los tratados bilaterales de inversión ("BIT") definir la fecha de valoración como el momento de expropiación[2] o el momento inmediatamente anterior a la expropiación.[3] Este enfoque también se presentó en el Artículo IV(3) de Las Directrices del Banco Mundial sobre el tratamiento de las inversiones extranjeras directas: “La indemnización se considerará ‘adecuada’ si se basa en el valor justo de mercado del activo tomado, ya que dicho valor se determina inmediatamente antes del momento en que ocurrió la toma o la decisión de tomar el activo se hizo pública.”
Este método para determinar la fecha de valoración se denomina enfoque ex ante, bajo el cual "la parte perjudicada recibirá el valor de la inversión en el momento de la toma, ajustado en el momento de la adjudicación por una tasa de interés adecuada previa al juicio (con intereses posteriores a la sentencia que normalmente se acumularán a partir de entonces hasta el pago)."[4]
Así, si un Estado expropia un terreno en la fecha X, que luego aumenta de valor por la fecha Y cuando se inicia un arbitraje, el inversionista extranjero normalmente tendrá derecho solo a una compensación igual al valor de la tierra en la fecha X.
Fecha de valoración en caso de expropiación ilegal
El método para determinar la fecha de valoración en casos de expropiación ilegal rara vez se contempla explícitamente en los instrumentos de inversión., que en cambio se enfocan en la compensación por expropiaciones legales. La expropiación ilegal es una expropiación que no cumple con las condiciones de expropiación establecidas en el derecho internacional..
La compensación por expropiación ilegal generalmente se basa en evaluar "la diferencia entre la situación financiera real de la persona afectada y la situación financiera en la que se encontraría, si la expropiación no hubiera tenido lugar ".[5] En consecuencia, la determinación de la fecha de valoración debe seguir el mismo patrón, ya que dicha comparación "lógicamente solo se puede hacer el día del juicio o laudo".[6]
Esta evaluación ex post sigue el principio de compensación total decidido en el Caso PCIJ Chorzow. En su opinión concurrente en el caso Amoco, El juez Brower declaró con precisión que "[yo]n el caso de una toma ilegal [...] o la parte lesionada debe ser restaurada para disfrutar de su propiedad, o, Si esto fuera imposible o poco práctico, se le otorgarán daños equivalentes al mayor de (yo) El valor de la empresa en la fecha de la pérdida. (de nuevo incluyendo ganancias perdidas), juzgado sobre la base de la información disponible a partir de esa fecha, y (yo) es valioso (Del mismo modo, incluidas las ganancias perdidas) como se muestra por su probable desempeño posterior a la fecha de la pérdida y antes de la fecha de la adjudicación, basado en la experiencia real posterior a la toma, más (en cualquier alternativa) cualquier daño consecuente [...]esto es lo que dice Chorzow Factory ".[7]
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[1] Sedco International v. National Iranian Oil Company y la República Islámica del Irán, Premio Interlocutorio fechado 24 octubre 1985, para. 22.
[2] Ver por ejemplo Chipre-Hungría BIT, Artículo 4(2). Ver también Rumeli Telekom v. La República de Kazajstán, Caso CIADI No. ARB / 05/16, Premio fechado 29 julio 2008, páginas. 215-216, para. 788: "[T]El momento en que tuvo lugar la expropiación no está determinado por ningún principio de derecho internacional., pero es una cuestión de hecho que debe determinar el Tribunal en las circunstancias particulares del caso. En algunos casos, el momento de la expropiación puede establecerse claramente por un solo acto expropiatorio. En otros casos, como el presente caso, la expropiación puede ser gradual o progresiva,"O puede ser indirecto en lugar de directo, para determinar el momento de la expropiación puede ser una cuestión de juicio más que de evidencia directa y clara "
[3] Ver por ejemplo TBI Barbados-Venezuela, Artículo 5.1; TBI Kazajstán-Turquía, Artículo III(2). Ver también Marea v. La Republica Bolivariana de Venezuela, Caso CIADI No. ARB / 10/5, Premio fechado 13 marzo 2015, pags. 53, mejor. 159-160: "Es aplicar el estándar del Tratado de compensación por expropiación [...]. Artículo 5 prescribe que lo que se determinará es "el valor de mercado de la inversión expropiada inmediatamente antes de la expropiación". En otras palabras, la pregunta es qué habría pagado un comprador dispuesto a un vendedor dispuesto por la inversión expropiada en ese momento [...]. Este tipo de valoración se ha denominado comúnmente en forma abreviada como valoración ex ante, porque busca determinar el valor de la inversión antes de la medida expropiatoria ".
[4] j. Tenor, La guía de daños en el arbitraje internacional, Publicación GAR (2017), pags. 104.
[5] yo. Marboé, Cálculo de indemnizaciones y daños en el derecho internacional de inversiones, prensa de la Universidad de Oxford (2017), 2nd ed., pags. 135, para. 3.285.
[6] ídem.
[7] Amoco International Finance Corporation v. La república islámica de Irán, Opinión concurrente del juez Brower, para. 18.