El principal problema relacionado con la ejecución de un laudo arbitral contra un Estado en los Estados Unidos es la inmunidad soberana del Estado.. En virtud de la Ley de inmunidades soberanas extranjeras ("FSIA"), los soberanos extranjeros gozan de inmunidad de jurisdicción, Una inmunidad presunta de demanda en los EE. UU.. tribunales federales y estatales, e inmunidad de ejecución, por lo cual su propiedad es inmune […]
Arbitrajes intracomunitarios y la ejecución de los laudos del CIADI en los Estados Unidos: El impacto de Achmea
El Convenio del CIADI requiere que los signatarios traten los laudos arbitrales dictados de acuerdo con el marco del CIADI como si fueran un juicio final de un tribunal en ese Estado.[1] Para desafiar un premio, el reclamante deberá solicitar una revisión dentro del régimen arbitral del CIADI, en lugar de ante los tribunales estatales.[2] Para implementar la Convención, los Estados Unidos. Congreso en […]
Arbitraje de inversiones dentro de la UE: Impacto de las declaraciones de los Estados miembros de la UE en la estela de Achmea
En achmea,[1] el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) se le pidió que evaluara la compatibilidad de la cláusula de resolución de disputas contenida en el TBI Países Bajos-República Eslovaca con la legislación de la UE. En marzo 2018, el TJUE sostuvo que la cláusula era incompatible debido a la amenaza que representaba la estructura constitucional y la autonomía del […]
Proyectos de la CNUDMI para un convenio sobre la aplicación de los acuerdos de solución de mediación y para una ley modelo sobre mediación comercial internacional y acuerdos de liquidación internacional resultantes de la mediación
La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional ("CNUDMI") El Grupo de trabajo II aprobó los borradores finales de un convenio sobre la aplicación de los acuerdos de solución de mediación (en adelante "el proyecto de convención") y para una Ley Modelo sobre Mediación Comercial Internacional y Acuerdos de Liquidación Internacionales resultantes de la Mediación (en adelante "la Ley Modelo de Mediación"). Si bien estos instrumentos necesitan […]
Resistiendo la ejecución de laudos arbitrales: Artículo V(1)(una) de la Convención de Nueva York
Según el artículo III de la 1958 Convención sobre el reconocimiento y la ejecución de laudos arbitrales extranjeros (la “Convención de Nueva York“), los tribunales de un Estado contratante tienen la obligación de reconocer y ejecutar un laudo arbitral. sin embargo, Hay que tener en cuenta que estos últimos tienen la posibilidad de rechazar el reconocimiento y la ejecución. […]