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Acuerdos de arbitraje internacional y competencia competencia: Una perspectiva comparativa entre Estados Unidos y Francia

09/08/2019 por Arbitraje internacional

La doctrina Kompetenz-Kompetenz presume que un tribunal arbitral internacional tiene jurisdicción para evaluar y decidir su propia jurisdicción.. Los sistemas legales adoptan diferentes enfoques del principio de Kompetenz-Kompetenz. La legislación nacional de arbitraje varía con respecto a las versiones del principio de Kompetenz-Kompetenz adoptado.[1]

El principio implica dos tipos de efectos.. El efecto positivo de Kompetenz-Kompetenz es que el tribunal arbitral tiene el poder de considerar y decidir las objeciones jurisdiccionales. El efecto negativo del principio equivale a la falta de autoridad del poder judicial para determinar las objeciones jurisdiccionales al menos hasta que el tribunal arbitral emita un laudo.[2]

Francia

Artículo 1465 del Código de Procedimiento Civil francés reconoce el principio Kompetenz-Kompetenz:

"El tribunal arbitral tiene jurisdicción exclusiva para decidir sobre las objeciones a su jurisdicción.."[3]

A través de este artículo, Francia ha adoptado los efectos positivos de Kompetenz-Kompetenz, por el cual el tribunal arbitral tiene jurisdicción para decidir todas las disputas jurisdiccionales, sujeto a revisión judicial. Además, refleja que en Francia, las partes no están obligadas a conferir autoridad al tribunal arbitral a través de su acuerdo.

Artículo 1448 (1) del Código de Procedimiento Civil francés establece además:

"Cuando una disputa sujeta a un acuerdo de arbitraje se presenta ante un tribunal, dicho tribunal deberá declinar la jurisdicción, excepto si un tribunal arbitral aún no se ha ocupado de la disputa y si el acuerdo de arbitraje es manifiestamente nulo o manifiestamente no aplicable ".[4]

Este artículo demuestra que los efectos negativos del principio Kompetenz-Kompetenz también son efectivos en Francia, porque los tribunales nacionales pueden no considerar las objeciones jurisdiccionales de manera interlocutoria.[5] El tribunal no debe investigar los méritos de las disputas ni la validez o el alcance de la cláusula de arbitraje.[6] La autoridad del tribunal está obligada a realizar un prima facie consulta sobre la validez de la cláusula de arbitraje.[7]

Estados Unidos

La Ley Federal de Arbitraje de EE. UU. No establece el principio Kompetenz-Kompetenz. No hay equivalente al artículo 1448 del Código de Procedimiento Civil francés. sin embargo, Los tribunales estadounidenses reconocen el efecto positivo de Kompetenz-Kompetenz, sujeto a revisión judicial.[8]

El caso principal que aborda el principio es Primeras opciones de Chicago Inc. v Kaplan,[9] que establece que, a través del acuerdo de arbitraje, las partes pueden otorgar al árbitro Kompetenz-Kompetenz o reservar decisiones jurisdiccionales a los tribunales nacionales.[10] Ausencia de acuerdo contrario por las partes, Los tribunales de los Estados Unidos han creado la presunción de que los árbitros tienen jurisdicción para decidir su propia jurisdicción., sujeto a posterior revisión judicial.[11]

Estados Unidos reconoce Kompetenz-Kompetenz positivo, pero permite la consideración judicial de cuestiones jurisdiccionales de manera interlocutoria, en ciertas circunstancias, que es una posición intermedia en comparación con los países que aceptan o rechazan totalmente los efectos negativos de Kompetenz-Kompetenz.[12]

christy chidiac, Aceris Law LLC

[1] Gary nacido, Arbitraje Comercial Internacional, Segunda edicion, Capítulo 7: Acuerdos de arbitraje internacional y competencia-competencia, pags. 1048

[2] Gary nacido, Arbitraje Comercial Internacional, Segunda edicion, Capítulo 7: Acuerdos de arbitraje internacional y competencia-competencia, páginas. 1069 - 1071

[3] Artículo 1465 del Código de Procedimiento Civil francés

[4] Artículo 1448 (1) del Código de Procedimiento Civil francés

[5] Gary nacido, Arbitraje Comercial Internacional, Segunda edicion, Capítulo 7: Acuerdos de arbitraje internacional y competencia-competencia, pags. 1049

[6] Gary nacido, Arbitraje Comercial Internacional, Segunda edicion, Capítulo 7: Acuerdos de arbitraje internacional y competencia-competencia, pags. 1113

[7] Gary nacido, Arbitraje Comercial Internacional, Segunda edicion, Capítulo 7: Acuerdos de arbitraje internacional y competencia-competencia, pags. 1114

[8] Gary nacido, Arbitraje Comercial Internacional, Segunda edicion, Capítulo 7: Acuerdos de arbitraje internacional y competencia-competencia, pags. 1061

[9] Primeras opciones de Chicago, C ª. v. Kaplan (1995) No. 94-560; ver también Primeras opciones de Chicago Inc. v. Kaplan: Arbitrar la cuestión de la arbitrabilidad de la Corte Suprema de los EE. UU.

[10] Gary nacido, Arbitraje Comercial Internacional, Segunda edicion, Capítulo 7: Acuerdos de arbitraje internacional y competencia-competencia, páginas. 1061 - 1062

[11] Gary nacido, Arbitraje Comercial Internacional, Segunda edicion, Capítulo 7: Acuerdos de arbitraje internacional y competencia-competencia, pags. 1062

[12] Gary nacido, Arbitraje Comercial Internacional, Segunda edicion, Capítulo 7: Acuerdos de arbitraje internacional y competencia-competencia, pags. 1049

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